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El médico valenciano Pedro Enguix presentó los nombres de más de 2.700 mujeres que declaran haber abortado

El abogado Josep Lluís Albiñana, defensor del médico Pedro Enguix, procesado por tres presuntos delitos de prácticas abortivas, presentó ayer ante el Juzgado de Instrucción número 6 de Valencia una lista con los nombres, las direcciones y el número del DNI de 2.779 mujeres que declaran haber abortado por propia decisión. El abogado presentó esta relación junto con una selección de declaraciones firmadas por estas mujeres como complemento a un recurso de reforma contra el procesamiento, en el que solicita que se tome declaración a las enumeradas en la lista e insiste en que Enguix, que cuenta 34 años y está en libertad provisional, no participó en los tres casos que se le imputan.

El texto del recurso, que comprende un total de 13 folios, hace también referencia a la sentencia dictada por la audiencia de Bilbao del 24 de marzo de 1981. En ella se absolvía a varias mujeres procesadas por delitos de aborto en virtud de la eximente estado de necesidad, al considerar que se interrumpe el embarazo "para evitar un mal mayor", según reza el recurso.La mayor novedad, en lo referente a la interpretación de la ley, que incorpora el recurso, es que solicita la extensión de la eximente por este concepto al médico que practica el aborto. El abogado señala que si para el proyecto de reforma del Código Penal, que está pendiente de discusión parlamentaria, "se prevé una interrupción voluntaria del embarazo sin culpa para la mujer, ¿cómo se prevé juzgar la intervención del facultativo que le asista al mismo? Dejar su conducta al margen de los móviles que justifican la decisión de la mujer sería abocar a la misma al riesgo de embarazo clandestino, por los peligros de muerte o daño para la salud que, curiosamente, sirven para exonerar su responsabilidad penal". "Es absurdo", añade el texto del recurso. "Para la lógica del derecho debe darse una interpretación extensiva del susodicho estado de necesidad desde la madre al personal que le ayuda en la ejecución de su decisión, prestando la garantía sanitaria adecuada".

El abogado insiste en que el médico, "al coincidir con esa decisión de la mujer que no quiere una maternidad impuesta, se encuentra personalmente, ante el dilema de ayudarle a que cambie de criterio respecto a su embarazo, por amor a la vida sin violencia y no por presión moral o social, o seguir ayudándola cuando esta mujer está decidida a no seguir adelante porque no lo puede soportar".

El mismo problema

La mujer y el médico "están sufriendo el mismo problema. Están padeciendo la misma tensión entre salvar dos bienes jurídicamente dignos de protección: o el de la expectativa de vida que representa el embarazo o el de la libertad de la mujer y, aún más, el de su seguridad física o el riesgo de muerte si no se le presta una asistencia adecuada".La defensa considera que el estado de necesidad que concurre en las mujeres debe extenderse al médico. "De ahí que precise el testimonio de las que sirven de acusación -no conocidas por el procesado- y fundamentalmente de las 2.800 que presenta relacionadas con este escrito, a los fines de verificar en ellas la concurrente de dicho estado de necesidad para decidir su aborto".

En cuanto a las declaraciones que firman las mujeres cuyos datos se han presentado, unas señalan: "declaro que me he sometido a una intervención abortiva solicitada por mí". Otras añaden que lo han hecho "en uso de la libertad sobre mi propio cuerpo y exonerando a cualquier otra persona de responsabilidad".

En el texto del recurso se dice también que Pedro Enguix es "médico ginecólogo de reconocido prestigio", y que el auto de procesamiento "afecta a este prestigio profesional negativamente y se extiende peligrosamente a dañar su honorabilidad personal".

Se añade por ello la historia profesional de Enguix desde que se licenció en la facultad de Medicina de Valencia. A partir del nacimiento de su primer hijo, "centra el esfuerzo y la actividad en el nacimiento sin violencia".

Sobre la participación en los hechos que se le imputan, la defensa insiste en que no se ha demostrado la existencia de embarazo previo en las tres mujeres procesadas, quienes no reconocieron a Enguix como el médico que les produjo el aborto. Igualmente niega que haya tenido relación con el quinto procesado, Jaime Carballo, en lo relativo a abortos.

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