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Un capitán, trasladado de región para alejarle de su abogado

El teniente general Rafael Allendesalazar pidió el traslado del capitán de ingenieros Carlos Cabañas a otra región militar con el fin de alejarle de su abogado, Josep Lluís Albiñana. Esta circunstancia está explícitamente reconocida en un oficio, firmado por Allendesalazar con fecha 27 de mayo de 1982 y dirigido al jefe de Estado Mayor del Ejército, en el que solicitaba el traslado del capitán en aplicación del artículo 55 del reglamento de provisión de vacantes. Del contenido de este oficio ha tenido ahora conocimiento Albiñana, al serle remitida la documentación relativa al traslado, que fue recurrido por Cabañas y está pendiente de decisión judicial.En el documento, el capitán general indica que "a la vista del informe de mi auditor, solicito a V. E. le sea aplicado al capitán objeto de informe el artículo 55 del reglamento de previsión de vacantes, pasando a otra región donde no cuente con los asesoramientos jurídicos, ajenos a la profesional, que según parece son los que le han llevado a adoptar la actual postura".

Allendesalazar señalaba previamente que Cabañas "crea constantes tensiones con sus mandos, dando lugar a situaciones que pueden desembocar en hechos graves contra la disciplina" y que "no se le ha podido corregir, como está previsto en el Código de Justicia Militar, como autor de una falta grave al reincidir en faltas leves, puesto que ha adoptado una actitud jurídicamente denominada querulante, por lo cual recurre sistemáticamente cuantas decisiones se toman, habiendo presentado hasta la fecha 22 recursos en sus diversas modalidades de queja, alzada, agravio, contencioso-administrativo y de amparo".

Cabañas, que es capitán de la escala auxiliar y actualmente está destinado en el regimiento mixto de Ingenieros número 4, en Barcelona, comenzó su larga trayectoria de recursos en 1978, cuando se negó a firmar el conforme en la hoja anual de servicios, y finalmente lo hizo al serle ordenado, pero recurrió la orden.

Fruto de un recurso interpuesto por Cabañas contra un arresto por falta leve fue una sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de Valencia, en la que, si bien no se anulaba la sanción, se establecía que la jurisdicción civil, en lo que al ámbito contencioso-administrativo se refiere, es competente para resolver sobre sanciones disciplinarias a militares. La sentencia ha sido recurrida por el Ministerio de Defensa.

En el artículo 55 del reglamento de previsión de vacantes, que prevé los cambios de destino con carácter forzoso, se alude dos veces a "necesidades del servicio" y una a "conveniencia del servicio" como único motivo de los traslados. En el oficio de Allendesalazar, pese a que se cita directamente el alejamiento del abogado como motivo principal, se vincula la conducta de Cabañas al servicio.

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