El ministerio defendió "ampliar las posibilidades de despido objetivo" en la pequeña empresa
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social remitió a la Secretaría de Estado de Planificación, cuando se inició la redacción del plan económico cuatrienal, un documento denominado Propuestas en el ámbito de la política de empleo para el período 1983-1986, que lleva el membrete del Gabinete Técnico del ministro. El documento expone la necesidad de "evitar algunas de las rigideces existentes en materia de extinción del contrato laboral, y, en concreto, propugna "ampliar las posibilidades de despido objetivo", especialmente en las empresas de menor dimensión.El texto reconoce que, actualmente, existen aspectos institucionales relacionados con el mercado de trabajo y la política laboral que obstaculizan la creación de nuevos empleos por parte de las empresas, y sobre los que el Gobierno debe actuar. La propuesta del Ministerio de Trabajo explica que una esfera en la que prácticamente ha sido inédita en el pasado la actuación gubernamental es la relativa a la distribución más adecuada del mercado existente. "Con el fin de superar esta situación", agrega, "será preciso diseñar medidas y acciones que, dirigidas a repartir el trabajo disponible entre un mayor número de trabajadores y a frenar el crecimiento de la población activa, sirvan para reducir sensiblemente en el futuro los niveles de paro".
El documento dedica un apartado a medidas concretas y dice, entre otras cosas:
- Los problemas fundamentales que tiene planteado el actual sistema español de regulación del despido no siempre se corresponde con el coste de la indemnización, aunque ésta sea más elevada en términos generales que en otros países, sino que, en la mayoría de las ocasiones, tiene más que ver con dificultades prácticas del procedimiento.
- En esta línea, destaca la desviación que se produce en nuestro país hacia las formas de despide, disciplinario, en gran medida improcedente, encubriendo de ese modo despidos que en realidad no tienen naturaleza individual, sino colectiva, motivados por causas tecnológicas o económicas.
- Con este objetivo, será preciso derogar el artículo 56.4 del Estatuto de los Trabajadores, que permite el abaratamiento de los despidos declarados improcedentes para el caso de las empresas pequeñas. Por otra parte, la eliminación de la subvención del 40% del despido a cargo del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos de despido improcedente en las empresas de menos de 25 trabajadores, reduce el costo económico para el Estado.
- Con el fin de facilitar el ajuste de las plantillas, especialmente para las empresas de menor dimensión, se deberá ampliar las posibilidades de despido objetivo, permitiendo que éste pueda afectar a varios trabajadores, dejando de tener el carácter exclusivamente individual de la normativa actual.
Estatuto del Trabajador
-Cabe recordar que el artículo 52 del Estatuto del Trabajador fija las siguientes condiciones para extinguir un contrato de trabajo por razones objetivas: por ineptitud del trabajador, por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en la empresa, por la necesidad de amortizar un puesto de trabajo individualizado y por faltas de asistencia.
El documento promueve la modificación del apartado c de dicho artículo, que dice, textualmente: "En las empresas de menos de 50 trabajadores podrá extinguirse el contrato por la necesidad, objetivamente acreditada, de amortizar un puesto de trabajo individualizado, cuando no proceda utilizar los servicios del trabajador afectado en otras tareas de la empresa en la misma localidad. ( ... ) Si en el plazo de un año volviera a crear la plaza amortizada, el trabajador despedido tendrá preferencia absoluta para ocuparla". La reforma, por lo tanto, iría en la línea de suprimir la condición de que lo amortizado sea "un puesto de trabajo individualizado".
En cuanto a la contratación temporal, el documento señala como objetivo fundamental evitar las trabas que en la actualidad existen para la utilización de esa modalidad de contratación.
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