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La 'ley de arrepentidos' es inútil y discriminatoria, según especialistas italianos

El socialismo real, el aborto, la propiedad privada, el derecho penal y las leyes denominadas de arrepentidos, analizados en relación a la razón de Estado, son algunos de los supuestos contemplados por los conferenciantes que durante la pasada semana participaron en el seminario sobre Libertades públicas y razón de Estado, organizado por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y que fue dirigido por el magistrado Clemente Auger.De innecesaria, inútil y discriminatoria calificaron los intelectuales italianos Rosana Rossanda, directora de la revista Il Manifesto, y Luigi Ferrajoli, magistrado en excedencia y fundador de Democracia proletaria, la llamada Ley de Arrepentidos, legislación especial vigente en su país e inserta en la lucha contra el terrorismo. Para los dos intelectuales italianos, la razón de Estado que llevó a la aprobación por el Parlamento italiano de la llamada Ley de Arrepentidos, por la cual los terroristas que ayuden a la Justicia en el descubrimiento de actividades clandestinas ven reducida la pena que les corresponda en un tercio, se ha demostrado innecesaria porque "el desmantelamiento de las Brigadas Rojas se había iniciado con anterioridad a la promulgación de la ley".

En opinión de Rossanda y Ferrajoli, la discriminación que la citada ley crea en el tratamiento a dar a los terroristas arrepentidos es patente, pues "mientras un miembro de base poco puede decir de la organización a la que ha pertenecido, un dirigente, aunque sea un asesino, podrá conseguir una reducción de la pena, menor, muchas veces, que la que se impone al primero". Esta paradójica situación lleva a que se produzcan falsas declaraciones de arrepentidos, si bien éstas sirven para reabrir procesos ya cerrados, lo que, junto al cambio de naturaleza de éstos al darse la situación de que el inculpado es, al mismo tiempo, testigo de la acusación".

La Constitución es un documento abierto

La conferencia de clausura del seminario Libertades públicas y razón de Estado estuvo a cargo del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Federico Sainz de Robles, quien afirmó que "en un Estado de derecho, de las características del nuestro, no hay sitio para la razón de estado y, sin embargo" precisó, "es evidente que el Estado tiene problemas emergentes de lo que es el ordenamiento jurídico". En opinión del presidente del Tribunal Supremo, "la Constitución no es un documento dado de una vez para siempre, sino que es un elemento de la construcción del Estado". Ese papel de garante de los tribunales, que impida la existencia de una razón de Estado al margen o por encima de la Constitución, "creo que les toca a los tribunales el papel estabilizador y de permanencia que realmente está contenido en el texto fundamental".Finalmente, el ministro de Justicia, Fernando Ledesma, aue clausuró el seminario, sostuvo la tesis de la inadmisibilidad del enfrentamiento entre razones de Estado y derechos fundamentales, "la única razón que justifica la existencia del Estado, el único fundamento legítimo del Estado democrático, dijo el ministro de Justicia, "debe ser posibilitar la defensa, protección y amparo de los derechos fundamentales".

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