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Toda la oposición, partidaria de que la asistencia letrada al detenido sea más eficaz de lo que pretende el PSOE

La autoridad judicial y los funcionarios que custodien al detenido o preso no tendrán obligación de comunicar "de inmediato" al Colegio de Abogados el nombre del letrado elegido por el afectado para que le preste asistencia o la petición de que lo designe de oficio. Éste fue uno de los acuerdos más sonados adoptado ayer por la Comisión Constitucional del Congreso que dictaminó el proyecto de ley de Asistencia Letrada al Detenido. La obligación citada, introducida unánimemente por la ponencia, fue suprimida con los únicos votos del PSOE, frente a toda la oposición, incluido el Grupo Popular, que votó a favor de la comunicación inmediata.

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Texto íntegro aprobado por la comisión

A través de esta votación, las tensiones registradas hace meses a propósito de la regulación de la asistencia letrada entre los ministerios de Justicia e Interior tuvieron ayer su reflejo parlamentario, y el PSOE dio su respaldo a la victoria obtenida por el departamento de Barrionuevo en esa pugna. Mientras tanto, los viejos aplausos de los diputados del Grupo Popular a este ministró se trocaron ayer en votos a favor de un texto que figuraba en el inicial anteproyecto elaborado por el departamento de Fernando Ledesma, y se alinearon con los de centristas y minorías nacionalistas y con el representante de Euskadiko Ezkerra (EE), Juan María Bandrés.Del texto aprobado por la ponencia, que había sustituido en el proyecto gubernamental la comunicación al Colegio de Abogados "de forma fehaciente" por "de inmediato y en forma que permita su constancia", se suprimieron las palabras de inmediato, introducidas en ponencia en virtud de sendas enmiendas del PCE y del PNV.

Según quedó de manifiesto en el debate, la razón del PSOE para propiciar esta modificación es impedir que la asistencia letrada a los detenidos incomunicados, a los que también será de aplicación el párrafo alterado -a los efectos de la designación de abogado de oficio perjudique el objeto de la incomunicación decretada judicialmente. "Si está prevista legalmente, es para que surta efectos", señaló Eduardo Martín Toval. Bandrés contestó que el PSOE parece olvidar que el destinatario de esta ley es la policía judicial, y que la supresión del término "de inmediato" tendrá como consecuencia, que el abogado será llamado unas horas antes de la puesta en libertad del detenido, con lo que la asistencia letrada puede convertirse en ilusoria.

Los incomunicados, discriminados

Marcos Vizcaya consideró inconstitucional la discriminación a que esta ley somete a los detenidos incomunicados, que se ven privados de la libre elección de abogado, con lo que se les impide el consejo propio de un letrado de su confianza. Pablo Castellano contestó que el problema no reside en esta ley, sino en la que establece la incomunicación. "El juez que decreta la incomunicación ha de encontrar un punto de equilibrio entre la asistencia letrada y una incomunicación eficaz para las investigaciones policiales", dijo el diputado socialista, quien añadió: "Tan importante como el derecho del detenido es el cumplimiento por la Administración de la defensa de la sociedad; sin esas facultades, no se le pueden exigir responsabilidades".

Vizcaya insistió en que la incomunicación no tiene por qué privar al detenido de la asistencia de abogado, y denunció la desconfianza existente hacia estos profesionales, por creer que pueden ser vehículo de las actividades de sus defendidos. "El equilibrio que se pretende mantener es entre los ministerios de Justicia e Interior", afirmó. Bandrés reforzó esta posición, y aseguró que la iniciativa de privar a los incomunicados de la elección de aboga ido "no proviene del Gobierno, sino de los reductos más reaccionarios de un ministerio determinado".

Bandrés dijo que no hay ninguna razón constitucional para privar a nadie de la elección de un profesional de confianza, aunque puedan establecerse limitaciones en la comunicación con él. "Se ha impuesto el criterio reaccionario", manifestó, airadamente. Castellano estimó apresurado el calificativo, y contestó que la posibilidad de ser asistido por un abogado, aunque sea de oficio, no es reaccionaria, sino progresiva, y recordó que la Constitución garantiza la "asistencia de abogado", que la ley reconoce, y que su designación no se deja a la policía, sino al Colegio de Abogados.

Por lo demás, el texto aprobado ayer -que reproducimos íntegramente- regula de modo satisfactorio para la mayoría de los grupos la casi total irrenunciabilidad del derecho de asistencia letrada y el papel relativamente activo del abogado en las diligencias de declaración y reconocimiento de identidad, a las que se limita su asistencia.

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