Las competencias del Tribunal Superior de Cataluña centraron la primera sesión de las Jornadas de la Administración de Justicia
Las competencias que deberá asumir el Tribunal Superior de Cataluña centraron ayer los debates en la sesión inaugural de las primeras Jornadas de Administración de Justicia de Cataluña. El presidente del Consejo General del Poder Judicial, Federico Carlos Sainz de Robles, que abrió las jornadas, declaró a EL PAÍS que se han sobredimensionado los casos de supuesta corrupción en la Administración de Justicia de Cataluña divulgados recientemente."Son fruto de la compleja y dinámica vida social catalana y se trata de casos aislados, que no tienen mayor significación que otros que puedan darse, y que de hecho se dan, en el resto de la Administración de Justicia", explicó.
Las jornadas que ayer se iniciaron, organizadas por el Departamento de Justicia de la Generalitat y por el Consejo General del Poder Judicial, han reunido en Montserrat a los más prestigiosos juristas del país y se prolongarán hasta el próximo sábado.
Descentralizar el Consejo
La oportunidad de su celebración fue resaltada por el propio Sainz de Robles, al advertir que se celebran en el momento en que se está confeccinando el proyecto definitivo de ley orgánica del Poder Judicial, que regulará aspectos que afectan muy directamente a la organización judicial en la nueva estructura autonómica del Estado.Sainz de Robles declaró a este periódico que no es partidario de desglosar -como sostienen algunos juristas- el Consejo General del Poder Judicial en organismos que asuman sus funciones en cada una de las comunidades autónomas, "porque la Administración de Justicia es una y la función que ejerce el Consejo es una función de Estado". "Yo sería partidario", añadió, "de descentralizar algunas funciones del Consejo, pero no mediante la creación de consejos regionales, sino que, en el caso de Cataluña, el propio Tribunal Superior asumiese algunas funciones gubernativas".
Poder popular
Respecto a este tema, dos vocales del Consejo General del Poder Judicial, Juan García Barbón y Jesús Ortiz Ricol, asistentes a las jornadas, declararon que una verdadera democratización del poder judicial debe contemplar, entre otras medidas, un control por parte del poder legislativo. "En concreto", declaró García Barbón, "yo sería partidario de que en la Sala de Gobierno de las audiencias territoriales, o en el Tribunal Superior en el caso de Cataluña, figurase una representación del poder popular, designada por el Parlamento autónomo respectivo".Respecto a las competencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, tema objeto del primer debate de estas jornadas, Sainz de Robles no fue muy preciso: "Soy partidario de que este tribunal sea competente en los recursos de casación del derecho civil catalán, entendiendo por tal el que está comprendido en la compilación y el derecho vivo de Cataluña".
En definir qué se entiende por derecho civil catalán radica, precisamente, el principal punto de controversia de esta institución, que ha de asumir en el futuro las competencias de la Audiencia Territorial. Tanto la Constitución como el Estatuto de Cataluña están redactados con una gran ambigüedad que no permite deslindar fácilmente la frontera entre aquellas materias en las que el Tribunal Superior de Cataluña será la última instancia y aquellas otras que podrán ser recurridas ante el Tribunal Supremo.
Tribunal Superior de Cataluña
Con diferencias de matiz, los dos ponentes de ayer, el notario y magistrado en excedencia Jaume de Castro y Fernández y el presidente de la Audiencia Provincial de Lérida, Lluís Maria Capell y Bergadà, hicieron una interpretación amplia de lo que el texto constitucional y el estatutario atribuyen como competencia a este Tribunal Superior. Los principales problemas se plantean a la hora de definir qué es el derecho civil catalán, si se entiende por tal el contenido en la compilación o, por el contrario, se entiende que abarca todo el derecho civil que se aplica en Cataluña, incluida la parte del derecho común.En general, los asistentes al congreso se mostrarton partidarios de una interpretación extensa y sería materia del Tribunal Superior el derecho civil de la compilación y el que se aplica en Cataluña, a excepción del que el artículo 149 de la Constitución reserva exclusivamente al Estado.
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