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Sobreseído el procesamiento contra cuatro periodistas por querella de De la Cierva

El magistrado juez de Madrid Clemente Auger, ha dictado auto en el que se ordena dejar sin efecto el auto de procesamiento dictado contra los periodistas Pedro José Ramírez, Javier Domingo, José Luis Gutiérrez y Fernando Jáuregui, por querella interpuesta contra ellos por Ricardo de la Cierva, que la interpuso invocando la existencia de un delito de injuria.

La resolución comienza por advertir que De la Cierva "persigue un posible delito de injurias contra cuatro personas distintas, autores, tres de ellas, cada una de un artículo publicado en diferentes números ( ... ) de Diario 16 y, por último contra José Luis Gutiérrez , autor de cinco escritos distintos publicados en cinco números distintos del mismo periódico".Razona el magistrado que "no se da posibilidad alguna de estimar delitos conexos, si delitos fueran, las conductas de cada uno de los procesados", y que "lo que no es posible admitir es la unidad de acción con pluralidad de sujetos activos, pues las infracciones contra el honor son tan personales en su ofendido como específicas en su intención y texto, en sus posibles autores".

Más adelante afirma que el concepto de honor es "evanescente, de difícil concreción, hasta el punto", dice, "que los tratadistas más imaginativos del derecho penal aluden al problema que San Agustín tenía para definir algo también evanescente, el cielo". La resolución judicial transcribe, en latín, la frase de San Agustín, "Si nadie me lo pregunta, lo sé; si alguien quiere que se lo explique, no lo sé."

Y añade, "el sentimiento personal de lo que uno cree que es su propio honor -elemento subjetivo del concepto- que se pone de manifiesto con la iniciativa de persecución del contrario, desaparece a la hora de su calificación jurídica -elemento material del mismo-. "En esta calificación", concluye el magistrado, "se tiene que atender a los valores objetivos y sociales que lo configuran, y se han de coregir los excesos que la propia estima puede logicamente exacerbar".

Por fin razona el auto que"todos los escritos que han originado el auto de procesamiento están referidos al ejercicio de la crítica y a la ironía. Con ellos no puede haberse afectado al honor de don Ricardo de la Cierva y Hoces, aunque le hayan disgustado. La condición del señor de la Cierva, como publicista y como político profesional en diferentes regímenes y partidos políticos aleja cualquier otra consideración

Por fin recuerda la condición de columnista político del querellante en la prensa diaria "lo que le obliga y permite afrontar todo debate referido a su actuación pública, sin que los procesados hayan hecho alusión alguna a su esfera de vida privada".

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