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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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La funcion pública, en las autonomías

La definitiva implantación del Estado de las autonomías diseñado por nuestra Constitución y contenido, en lo que a cada territorio se refiere, en los respectivos estatutos de autonomía, conlleva la necesidad de modelar una administración autonómica moderna y eficaz, que aplique y haga efectivas las competencias obtenidas por cada comunidad autónoma y asegure la gestión adecuada de los servicios públicos.La honda transformación de la organización territorial del Estado que supone la aparición de las autonomías exige, junto con la implantación de las administraciones autonómicas, la redistribución de los efectivos y medios de la Administración del Estado, que hasta el momento ha venido ejercitando las competencias hoy propias de las comunidades autónomas.

De entre los medios que constituyen el soporte de la actividad de la Administración pública, el más importante es, sin lugar a dudas, el factor humano, formado por el elemento personal, que permite el desarrollo de la actividad de la Administración. Este elemento personal -sin el cual no hay Administración pública- no puede improvisarse con la celeridad que requiere el establecimiento de las autonomías, ni tampoco puede quedar desprovisto de funciones por el hecho de que la Administración de que dependa quede sin alguna de sus competencias.

Por ello, el proceso de traspasos de competencias entre administraciones territoriales, en especial las del Estado hacia las comunidades autónomas, lleva aparejado un proceso de transferencia de los medios materiales y -el que ahora nos interesa- humanos, que son el soporte de esas transferencias. Dicha fórmula permite garantizar el nivel de prestación de servicios a que atiende la función pública, aunque cambie la Administración titular de esos servicios, y evita la creación de burocracia paralela y el consiguiente incremento de gasto público, que en ningún caso ha de ser consecuencia de la implantación de la ordenación autonómica.

Nos encontramos en este momento en pleno proceso de transferencias dentro del conjunto del Estado, y especialmente en la comunidad valenciana; ello nos lleva a una situación peculiar, marcada por el signo del tránsito de una Administración centralizada a una Administración autonómica.

Los múltiples problemas que el proceso de transferencias de funcionarios y la necesaria dotación de personal de las incipientes administraciones autonómicas plantean, requieren de soluciones imaginativas, que permitan el cumplimiento de los objetivos autonómicos en lo que a Administración pública se refiere, así como el mantenimiento del nivel de prestación de servicio en todo momento.

Estas cuestiones son especialmente agudas en estas fechas, por cuanto se encuentra pendiente la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la ley orgánica de Armonización del Proceso Autonómico (LOAPA), que contiene importantes previsiones en materia de personal, y existen estudios, bastante avanzados, sobre el futuro estatuto de la función pública en la legislación básica del Estado, a desarrollar por las autonomías y, en su caso, de unas medidas provisionales en tanto se debate en las Cortes dicha legislación básica.

Diseñar el modelo

La previsión legislativa, pues, sobre el modelo de función pública a nivel de una Administración pública del Estado de las autonomías depende de unos factores todavía no resueltos y que pueden tardar cierto tiempo, que, aunque razonable desde la perspectiva histórica, puede ser demasiado largo desde el mantenimiento de la situación normativa en que nos vemos en las comunidades autónomas.

En las recientes jornadas sobre función pública, celebradas bajo los auspicios de la Generalitat valenciana y el Instituto Nacional de Administración Pública, se han reunido representantes responsables de la función pública de todas las comunidades autónomas y de la Administración del Estado, para examinar los problemas y el futuro de la función pública en el tránsito de las autonomías, lo que ha permitido, dentro del marco de las propias competencias de cada institución, prescritas constitucional y estatutariamente, el intercambio de información y opiniones sobre lo que piensa y lo que quiere cada una de las administraciones insertas en la complejidad del proceso de transferencias.

La solución a los problemas puntuales e inmediatos que el desarrollo del proceso de transferencias de personal viene planteando, puede vislumbrarse a través de la regulación provisional y transitoria por parte de cada comunidad autónoma, dentro del marco de la vigente legislación general en materia de funcionarios, que permita el ejercicio del poder de autoorganización de cada institución autonómica, sin hipotecar el diseño del modelo de función pública, que cada vez resulta más evidenteha de ser coherente en cuanto a principios para todo el Estado, y díverso, según los territorios, para cada comunidad autónoma.

Flexibilidad

Resulta evidente, después de estas consideraciones, la necesidad de crear una función pública con régimen organizativo peculiar, que permita la máxima flexibilidad en la disponibilidad de efectivos, incluso entre administraciones públicas, y asegurar la profesionalización de unos funcionarios que, de acuerdo con criterios de mérito y capacidad, tengan asegurado el reconocimiento de la dignidad de sus funciones y de sus derechos: carrera profesional, promoción, justa remuneración, participación, sindicación, huelga y negociación colectiva, formación permanente... Esta es una de las garantías para lograr, junto al pleno desarrollo de la autonomía, una Administración pública autonómica eficaz, democratizada y flexible, que cumpla las aspiraciones de los ciudadanos.

Rafael Blasco Castany es subsecretario de la Presidencia de la Generalitat valenciana.

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