Los miembros de los cuerpos de Seguridad
del Estado pueden utilizar sus armas de fuego en defensa ante una agresión que ponga en peligro sus vidas o las de otras personas, siempre y cuando no sea posible utilizar otros medios. Así se determina en las instrucciones sobre la utilización de armas, que fue cursada ayer por la Direccion de la Seguridad del Estado a la Policía y a la Guardia Civil.


























































