Anulada la regulación de empleo de Galerías Preciados que afectó en 1981 a unos 2.500 trabajadores
"Es evidente que un expediente de regulación de empleo afecta a los intereses de los trabajadores de un centro y, consecuentemente, tal expediente no puede resolverse sin la intervención del comité, so pena de nulidad". Esta es la argumentación central de una sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional por la que se anula el expediente de regulación de empleo en Galerías Preciados que confirmó la secretaría de estado de Empleo y Relaciones Laborales en julio de 1981 y que afectó a casi 2.500 trabajadores.En abril de aquel año, Galerías Preciados presentó expediente de regulación de empleo, pactado con los sindicatos CC.OO., UGT, FASGA y USO, agrupados bajo la denominación de Comisión Sindical. El expediente proponía la rescisión de 341 contratos de trabajo, 7 reducciones de jornada y 2.062 suspensiones de contratos de trabajo, de forma rotativa, durante un año.
Los trabajadores afectados pertenecían a la mayoría de los centros que la empresa tiene en distintas ciudades españolas y no fueron consultados ninguno de los comités de empresa de cada uno de los centros.
Al expediente de regulación de empleo se opusieron los comités de empresa de Galerías de los centros de Callao, Arapiles y Carretas, en Madrid, por entender que la denominada Comisión Sindical carecía de legitimación, para pactar con la empresa el expediente, conforme a las normas del Estatuto de los Trabajadores.
La resolución fue recurrida, ante la Audiencia Nacional que ha estimado las argumentaciones del letrado Guillermo Vázquez que dirigió el recurso.
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