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Debate de la reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal

El Pleno del Congreso aprueba la nueva normativa sobre prisión provisional, con la sola oposición del Grupo Popular

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer el proyecto de ley orgánica que reforma los artículos 503 y 504 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, cuyo principal alcance será la fijación al juez de requisitos legales precisos para que pueda decretar la prisión provisional, así como la salida de las cárceles de varios miles de presos preventivos, al haber cumplido la duración máxima de permanencia en prisión. Dado su carácter de ley orgánica, se celebró una votación global, con el resultado de 199 votos favorables, 88 en contra y diez abstenciones. Sólo el Grupo Popular se opuso al conjunto de la ley.

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El ministro de Justicia, Fernando Ledesma, presentó ante la Cámara el proyecto de ley, del que destacó que cumple los compromiso contraídos por el PSOE en su pro grama electoral, al establecer un nuevo sistema de prisión provisional, más ajustado a su naturaleza de medida cautelar estrictamente encaminada a asegurar la presencia del inculpado en el juicio y garantizar el efectivo cumplimiento de la pena impuesta. Manifestó la necesidad de oponerse a que la prisión provisional sea, en realidad, "una pena a cuenta, o pena anticipada" y, en cambio, estimó necesario adoptar soluciones acordes con los valores superiores del ordenamiento jurídico -libertad, justicia, igualdad- y respetuosas con los derechos fundamentales de la persona.El ministro de Justicia dedicó una larga parte de su discurso a criticar las reformas introducidas en la ley de Enjuiciamiento Criminal por una ley no orgánica del 22 de abril de 1980.

Fernando Ledesma atribuyó a la ley de 1980 la situación de hacinamiento experimentada por los establecimientos penitenciarios y la situación de ansiedad, desmoralización, abandono, degradación, despersonalización, perturbaciones sexuales, rencor y agresividad producida en las cárceles hasta el momento presente. Para remediar dicha situación los jueces poco pueden hacer mientras permanezca vigente la ley citada, que prevé la obligación del juez de decretar la prisión preventiva en los casos de delitos castigados con penas superiores a arresto mayor.

El cumplimiento de la Constitución

Para corregir la situación creada, el ministro de Justicia destacó que la nueva ley establece como regla general que para decretar la prisión provisional se precisa que el hecho delictivo tenga señalada una pena superior a seis años. La ley establece tres excepciones concretas a esta regla. Otra novedad que destacó fue la fijación de la duración máxima de la prisión provisional, que se establece en seis meses cuando la pena es igual o inferior a prisión menor; en dieciocho meses en los demás casos, y en treinta meses en supuestos excepcionales, como cuando el delito hubiera afectado gravemente a intereses colectivos, hubiera producido graves consecuencias en el ámbito nacional o la instrucción de la causa fuere de extraordinaria complejidad.

Como medidas complementarias del proyecto, Fernando Ledesma se refirió a la reforma inmediata de la ley orgánica del Poder Judicial, que incrementará la implantación de nuevos juzgados de instrucción en todo el territorio nacional, así como a la entrada en funcionamiento en el próximo mes de junio de 52 nuevos juzgados y a la dotación en el resto del año de cien nuevas plazas de jueces y magistrados.

Al margen de la intervención del ministro, la sesión de ayer fue repetitiva respecto al debate celebrado en la comisión de Justicia e Interior la pasada semana. No prosperó ninguna de las enmiendas de la oposición, a todas las cuales se opuso, sin entusiasmo en los argumentos y con tono rutinario, el diputado socialista Javier Barrero. Aparte del Grupo Popular, ninguna otra minoría de la Cámara manifestó una oposición frontal al proyecto de ley, aunque tanto el comunista Fernando Pérez Royo como el diputado de Euskadiko Ezkerra Juan María Bandrés y el nacionalista vasco Marcos Vizcaya insistieron en la defensa de las enmiendas derrotadas en comisión.

Entre ellas destaca el intento de Perez Royo de sustituir la referencia que hace el proyecto de ley a las circunstancias del hecho y los antecedentes del inculpado para que sea decretada su prisión provisional por un párrafo según el cual dicha decisión sólo se produciría cuando existieran motivos fundados para estimar que el in culpado se sustraería a la acción de la justicia o dificultaría gravemente la investigación del delito.

Por el Grupo Popular, José María Ruiz Gallardón insistió también en sus planteamientos, encaminados, según dijo, a devolver al juez la facultad de decidir sobre la prisión provisional. El diputado citado criticó al ministro de Justicia por no haber hecho ninguna referencia al problema social grave que planteará esta ley, por la obligatoriedad que establece para que los jueces dejen en libertad a los delincuentes. Especial interés puso Ruiz Gallardón, que en este punto se apoyó en el dictamen del Consejo General del Poder Judicial, para intentar ampliar a seis meses el plazo que la ley establece en tres meses para que comiencen a aplicarse las medidas de excarcelación de los presos que ya hayan cumplido los períodos de duración máxima de la prisión provisional fijados en la ley.

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