Alcalde condenado por detención ilegal de un joven
Francisco Sáinz Blanco, 54 años, ganadero y alcalde de la localidad de Piedrabuena (Ciudad Real), ha sido condenado por el Juzgado número uno de Ciudad Real a seis meses de suspensión de sus funciones públicas, cinco días de arresto menor y a indemnizar con 2.000 pesetas a su perjudicado por las lesiones causadas tras cometer una falta y un delito de detención ilegal contra el joven de veinticuatro años, Francisco Murillo Tena, dependiente de una farmacia en Ciudad Real.
Los hechos que motivaron el juicio ahora fallado por procedimiento de urgencia tuvieron lugar en la barra de una discoteca de Piedrabuena sobre las doce horas del 5 al 6 de enero del presente año, cuando tras mantener una discusión de carácter personalísimo, motivada al parecer por una cuestión de celos en torno a una amante común, el señor Sáinz Blanco, que en aquel momento participaba del ejercicio de funciones públicas al ser elegido alcalde de Piedrabuena por UCD, golpeó con el puño en un ojo al señor Murillo, causándole lesiones leves, de las que curó a los pocos días. A continuación del puñetazo, el señor Sáinz se dirigió al ayuntamiento y ordenó al cabo de servicio y a un agente de la Policía Municipal detener al señor Murillo a la salida de la discoteca, según se desprende de la sentencia a la que ha tenido acceso EL PAÍS.
Los citados agentes cumplieron el mandato del alcalde y encerraron al herido en el calabozo municipal, después de llevarlo a que fuera atendido por un médico. La detención llegó a su fin a las 10.30 horas del día de Reyes tras personarse en el calabozo el señor Sáinz y ordenar la libertad de su detenido sin instruir diligencias ni haber explicado en momento alguno a los agentes de su autoridad las supuestas razones de la detención.
Los hechos declarados probados según la sentencia son constitutivos de una falta contra las personas del artículo 582 del Código Penal, de una infracción del artículo 489 y siguientes de la ley de Enjuiciamiento Criminal, y de un delito de los cometidos por los funcionarios públicos arbitrariamente contra el ejercicio de los derechos de la persona, amparado por las leyes del artículo 184 del Código Penal en relación con el artículo 17 de la Constitución española.
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