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Designados defensores de oficio para diez encausados por el 23-F

La sala segunda del Tribunal Supremo ha pedido al Colegio de Abogados de Madrid la designación de letrados de oficio para diez encartados en el proceso del 23-F, a fin de hacerse cargo de la defensa de los mismos ante el recurso de casación interpuesto por el fiscal respecto a la sentencia. Esta medida se debe a que los abogados de los encausados -condenados a penas bajas o absueltos, según los casos- no se personaron en el plazo previsto para encargarse de los trámites correspondientes. El decano del Colegio de Madrid, Antonio Pedrol, informó ayer que la junta de gobierno de su colegio "ha obtenido la aceptación de varios decanos de los colegios radicados en diversas ciudades españolas", para hacerse cargo de las referidas defensas.Estos, últimos son también letrados en ejercicio en el colegio madrileño. Entre los que ya han confirmado su aceptación de la defensa de dichos encartados en el 23-F figuranlos decanos de los colegios de Barcelona, Valladolid y Zaragoza. Fortunato Crespo, decano de Valladolid, manifestó anoche que aceptaba la propuesta "por razones estrictamente profesionales".

Algunos de los abogados que hasta el momento han llevado oficialmente la defensa de dichos procesados, seMaron a este periódico que la designación de defensores de oficio era una cuestión "meramente formal", y que estos obrarían como procuradores o intermediarios suyos. En concreto, Gerardo Quintana -defensor del teniente Núñez Ruano- dijo que ya había notificado al Tribunal Supremo la asunción de sus funciones como defensor, al tiempo que renunciaba al letrado de oficio. Asimismo, creía que esa era la intención mayoritaria del resto de los abogados afectados, aunque manifestó desconocer en concreto el caso que podría corresponderle.

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Pedrol destaca la "calidad profesional" de los defensores de oficio designados por el Colegio de Abogados para encausados del 23-F

Viene de la primera páginaLos diez procesados afectados por la designación de abogados de oficio son, según Europa Press: teniente coronel Más Oliver; capitanes Dusmet García, Acera Martín y Pérez de Lastra; y tenientes Núñez Ruano, Ramos Rueda, Alonso Hernáiz, Boza Carranco, Carricondo Sánchez y Vecino Núñez. Sin embargo, fuentes del despacho profesional que defendió al teniente Boza desmintieron a EL PAIS que su defensor habitual, Manuel Novalvos, haya abandonado dicha defensa, ya que se personó a su debido tiempo ante el Tribunal Supremo.

Antonio Pedrol, decano del Colegio de Abogados de Madrid y presidente del Consejo General de la Abogacía, reconoció que la designación de los abogados de oficio se ha hecho al margen del turno existente para cubrir la ausencia de defensa. Tal operación de selección, añadió Pedrol, se había realizado para "lograr una lista de abogados con una gran experiencia, sin coloración política determinada y cuyo prestigio y representatividad no pudiera ser puesta en duda". Asimismo, según Pedrol, se trataba de que la responsabilidad de tales defensas de oficio no recayera sobre letrados poco experimentados.

El vicedecano del Colegio de Abogados de Madrid y miembro de su Junta de Gobierno, Gregorio Peces-Barba del Brío, confirmó a este diario que, con anterioridad a la vista de la causa del 23-F, la Junta de Gobierno había preparado, para el supuesto de renuncia de los procesados a ser defendidos, abogados "muy profesionalizados", para que no pudiera decir se que eran principiantes o de de terminada tendencia política. "No conozco", siguió el vicedecano de los abogados madrileños, "si el decano ha aplicado este mismo criterio para el caso de la defensa de los recursos ante la Sala Segunda del Supremo". "Para ello", dijo Peces-Barba, "se consultó con los decanos de colegios importantes de España, que, además, estuvieran colegiados en Madrid. Se pensó en ellos para que no pudiéra decirse que el derecho de defensa quedaba mal parado.

Santiago Ségura, defensor del teniente Carricondo, informó por su parte que no se había personado ante el Supremo porque su cliente no se lo había solicitadoy que achacaba a "ignorancia de la ley de su defendido" el no haberle otorgado un poder a tal efecto.

Por su parte, Alfredo Nieto -que fue defensor del teniente de la guardia civil Santiago Vecino- consideró que quizás haya existido exceso de celo por parte de la Sala Segunda del Supremo al solicitar del Colegio de Abogados defensores de oficio. La explicación mas plausible parece ser la de que "los encausados se han conformado con la sentencia, ya que en su mayoría fueron absueltos y el resto fue condenado a penas que no implican la separación del servicio". El conjunto del problema planteado resulta "incomprensible" para este letrado, espqcialmente "si no ha habido renuncia expresa de los encausados a sus defensores".

También afirma que, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "hay que presumir que los encausados para los que se pide abogado de oficio han tenido que formular escrito ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, si bien esto sólo puede haoerse cuando el interesado está declarado insolvente o pobre".

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