PSOE y aseguradoras, contra el proyecto de ley de instituciones de inversión colectiva
Los tres años de espera y debate privado de anteproyectos no han servido para poner de acuerdo a los intereses en juego ante la regulación de los fondos de pensiones. El proyecto enviado por el Gobierno a las Cortes al empezar el año ha suscitado tal contestación que, los más optimistas, dan por seguro que hasta dentro de tres o cuatro años no empezarán a notararse los efectos sobre el ahorro y la inversión de estos mecanismos privados de previsión social. Ya lo censuraron, nada más nacer, sus propios promotores. Ahora que el texto para para la próxima legislatura, a la amenaza de demoras por el posible anticipo de elecciones se ha unido la coincidencia del PSOE y del sector seguros en criticar el proyecto.
El paso a la próxima legislatura fue vaticinado poco después de entrar en las Cortes el proyecto por medios del sector seguro, por la conflictividad que suscitó y por la ausencia de acuerdos para la reforma de la Seguridad Social. Detrás de ésa esperanza yacia la respuesta de amplios intereses aseguradores por haber visto predominar en el proyecto las aspiraciones de otros sectores financieros, que en su opinión desnatualizaban el texto, junto a las penalizaciones fiscales contenidas en el mismo.El Instituto de Actuarios Españoles acaba de sintetizar el punto de vista de las aseguradoras, en un dictamen de catorce páginas filtrado a este periódico. En su opinión, los fondos de pensiones, incluidos dentro del citado proyecto de ley de "Instituciones de Inversión Colectiva", deben ser regulados en forma independiente. En otro caso, quieren darles tratamiento separado, aún dentro de una Ley de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones, para poner claramente de manifiesto su distinta naturaleza y finalidades.
Precisamente, la mayoría de las veintidós enmiendas presentadadas por el PSOE (el plazo expiró a principios de este mes) pretenden separar los fondos de pensiones del proyecto. Su argumento central es: además de no clarificar el campo de aplicación, prestaciones y niveles de suficiencia, la definición de dichos fondos plantea el problema de su inoportunidad hasta tanto no se reforme tales técnicas instrumentales en el sistema público de Seguridad Social, al que pretenden complementar.
Además, en una enmienda a la totalidad, el primer partido de la oposición mantiene que resulta lógico regular por ley las pensiones complementarias de la Seguridad Social, cuando no se ha aprobado aún la Ley Básica de la Seguridad Social, prometida en 1977 por el primer Gobierno de UCD y aún no enviada al Parlamento.
Según medios aseguradores, la inclusión de los fondos de pensiones en la ley fue promovida por los analistas de inversiones, que viven de los fondos de inversión mobiliaria y, están preocupados desde hace años por la crisis que ha planteada en muchas de estas empresas la paulatina caída de la Bolsa.
Los analistas de inversiones han sido, en efecto, los máximos defensores públicos del proyecto desde que la Ley del Impuesto de Sociedades y el Plan Económico del Gobierno anunciaron el mismo para antes del 31 de diciembre de 1979. No obstante, en primavera pasada, poco después de que el Gobierno cumpliera con retraso su compromiso, un informe de la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva (INVERCO) concluía textualmente así: "El proyecto aprobado no solamente no va a resolver los problemas del sector, sino que hará muy difícil la continuidad de las Instituciones de Inversión Colectiva actualmente existentes y, sobre todo, no estimulará la creación de otras en el futuro".
Las Instituciones de Inversión Colectiva, como recogía el informe, tuvieron un período de gran expansión en la segunda parte de los años sesenta y principios de los setenta.
Al terminar el año 1974 existían en España 500 sociedades de inversión mobiliaria y 25 fondos de inversión, con un patrimonio total próximo a los 300.000 millones de pesetas. Esos patrimonios apenas representaban el 15% de la capitalización bursátil del mercado de valores español(en Japón llegan al 70%, en Estados Unidos al 60% y en los principales países europeos del 30% al 50%), si bien su cuota de participación en el volumen de transacciones llegó a ser del 50%.
Pero la crisis económica y bursátil iniciada en 1974, así como una regulación fiscal mucho menos satisfactoria (Ley de Medidas Urgentes de 1977 y leyes de los impuestos sobre la Renta y Sociedades de 1978), originaron la disolución de un centenar de sociedades de inversión mobiliaria. Así, todas sus esperanzas fueron depositadas en una nueva regulación fiscal y financiera y en crear instituciones que, como los fondos de pensiones, han tenido y tienen gran desarrollo en otros países.
Muerte para 400 empresasEsperanzas, por lo demás, frustradas. La propia INVERCO estima que, si el Parlamento no modifica el proyecto, éste "determinará la probable disolución de cerca de dos tercios de las sociedades de inversión mobiliaria existentes, que pasarían en cinco años de 500 a poco más de un centenar.
"El régimen fiscal contemplado", dice el informe de la Asociación, "no solamente supone un sustancial retroceso respecto al régimen actual, sino sobre todo respecto al contemplado en anteriores borradores del Proyecto de Ley.
Esta regulación fiscal es tan poco estimulante que, en la práctica, contribuirá a la disolución de un gran número de sociedades y fondos de inversión mobiliaria y hará prácticamente imposible la creación de los fondos de pensiones".
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