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Mayores facilidades aduaneras para las grandes empresas

Las grandes empresas exportadoras aumentarán tesorería en los próximos meses, al haber sido atendida su pretensión de equiparar el régimen aduanero español al del Mercado Común. Un real decreto que está a punto de aparecer en el Boletín Oficial del Estado mejora el actual sistema de recepción de importaciones en aduanas propias, a la vez que permite aplazar los pagos de derechos. La medida ha sido concebida para fomentar las exportaciones.Desde 1979 funciona para las empresas con más de 2.000 millones de pesetas al año de comercio exterior o para aquellas que exportan al menos 1.500 millones un sistema de despacho en factoría. Las importaciones llegan en contenedores precintados. Los devengos de derechos al Estado (pago de aranceles) se efectúan en el momento de registrar la entrada en factoría, con plazos mensuales.

De esta forma, han sido agilizados los trabajos y se han economizado medios con respecto al tradicional despacho en aduanas, que exigía el previo pago o garantía de todos los derechos. Actualmente, un 15% de la recaudación de aduanas, que supera los 200.000 millones de pesetas, procede de despachos interiores o propios de las empresas. Entre los principales beneficiarios destacan las fábricas de automóviles (como se sabe, importan piezas o materias primas), IBM, CASA, Finanzauto, etcétera.

Nuevo sistema

El nuevo régimen agiliza todavía más estas aduanas interiores y aplaza el devengo de los derechos desde el momento de entrada de las importaciones hasta el de salida al mercado, interior o exterior, de los productos a que den lugar. Los pagos deberán ser igualmente mensuales, si bien habrá franquicia de medio año para material importado y fabricado. Como en el de despacho en factoría, las empresas dispondrán de la posibilidad de mantener las; importaciones en depósito franco durante tres años, al final de los cuales o los exportan o pagan.Además de las empresas con 2.000 millones de pesetas al año de comercio exterior, podrán acogerse aquellas cuyo valor añadido para la exportación supere el 30% de las importaciones. Como para el régimen de despacho en recinto, será necesario que la empresa realice el despacho y procese los datos en ordenadores.

Entre otras mercancías, podrán beneficiarse del régimen aduanero suspensivo los productos semimanufacturados, y las piezas o las partes o componentes destinados a su transformación o incorporación a los procesos productivos de origen extranjero. Por el contrario, no podrán acogerse los bienes de equipo, utillaje, lubricantes, combustibles, generadores de energía y mercancías extranjeras que no sean objeto de proceso industrial.

La Dirección General de Aduanas, del Ministerio de Hacienda, prepara una disposición de desarrollo del decreto, con el fin de que algunas grandes empresas ya empiecen a trabajar con el nuevo sistema durante el presente primer trimestre del año. En total, se estima que podrán acogerse en un principio empresas que representen el 20% de los derechos recaudados anualmente.

El director general de Aduanas, Antonio Rúa Benito, declaró a EL PAIS que el efecto del régimen suspensivo en las recaudaciones será "prácticamente nulo". Añadió que sí supondrá, en cambio, mayor tesorería para las empresas.

Preguntado si los cambios no abren la posibilidad de contrabando o fraudes en el pago de aranceles, Rúa afirmó que, desde la regulación del despacho en recinto, en 1979, no se ha detectado ningún caso. "Los beneficiarios", añadió, "son empresas donde el fraude no puede ser el motivo principal de su existencia".

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