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Novedades para las sociedades ya existentes

El nuevo proyecto de ley aporta una serie de novedades en cuanto a la normativa aplicable a las sociedades de inversión en valores mobiliarios ya existentes, cuya característica más destacada es el intento de forzar una mayor diversificación de los activos de estas sociedades.Con este fin se establece la prohibición de invertir más de un 10% de los activos de estas sociedades en títulos emitidos o avalados por una sola entidad, porcentaje que puede ser elevado hasta el 20% si así aparece expresamente establecido en los estatutos de la sociedad. También se fija que el conjunto de estas participaciones no puede superar el 60% del activo de la entidad de inversión.

En este mismo sentido se prohíbe que estas sociedades puedan invertir más de un 25% de su activo en valores emitidos por un mismo grupo, definiendo como grupo a la existencia de participación de una compañía en otra, de un porcentaje en el capital superior a un 25%, a la presencia de tres o más consejeros comunes, o que una sociedad o sus socios ejerzan funciones decisorias en otras compañías.

Más información
El Gobierno remite a las Cortes el proyecto de ley por el que se regulan las sociedades de inversión colectiva
Principales modificaciones en el régimen fiscal

Para intentar conseguir una mayor transparencia en la participación accionarial se establece la obligación de comunicar públicamente cualquier participación que supere el 25% del capital de estas sociedades, ya sea esta participación directa o indirecta.

También se regulan los valores que tengan la consideración de aptos para cubrir los coeficientes de inversión, el que estén admitidos a cotización oficial, o que se contraten en mercados organizados, reconocidos oficialmente, admitiéndose también la posibilidad de que estas inversiones se materialicen en activos que, por su corto vencimiento y nivel de garantía, puedan asimilarse a operaciones de efectivo y en este apartado se incluyen los valores extranjeros.

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