Mataderos municipales
En el espacio televisivo Mano a mano presentado el pasado día 16 de noviembre, un señor, representante de los consumidores, hizo alusión al problema de los mataderos, y como las informaciones parciales suelen producir entre los televidentes una confusión que en nada les beneficia, quisiera presentar algunos datos que pudieran aclarar este asunto.Como el reglamento general de mataderos estaba anticuado, se quiso actualizar parte de su contenido, por lo que en el Boletín Oficial del Estado del 4 de febrero de 1977 se publicó la "Reglamentación técnico-sanitaria de mataderos, salas de despiece, centro de contratación, almacenamiento y distribución de carnes y despojos", en el que se dan normas para su funcionamiento, al mismo tiempo que se señalan las condiciones técnicas que deben reunir, así como el plazo de que disponían los ayuntamientos para adaptar sus mataderos.
Ahora bien, como ni en el Real Decreto 3.263/76 ni en posteriores disposiciones se hacía referencia a subvenciones o créditos para poder llevar a cabo la exigida adaptación de los mataderos municipales ya en funcionamiento, y, como por otra parte, las haciendas locales no posibilitaban el desembolso necesario, la inmensa mayoría de municipios no pudieron cumplimentar el mencionado decreto, lo que propició, ante las peticiones de ayuntamientos, técnicos veterinarios, ganaderos y carniceros, la publicación del Real Decreto 1.644/8 1, de 3 de agosto, por el que se modifica la reglamentación técnico-sanitaria decretada el 4 de febrero de 1977, dando un nuevo plazo que terminará el día 5 de agosto de 1983, transcurrido el cual todos los mataderos que no se hayan actualizado "cesarán en su actividad".
La Administración debería ofrecer ayudas económicas a aquellos municipios que hayan expresado su deseo de adaptar sus mataderos al menos en las mismas condiciones en que, al parecer, fueron facilitadas a los mataderos frigoríficos de propiedad privada.
Si a consecuencia de no haber podido, por falta de medios económicos u otras causas, realizar las adaptaciones al real decreto último se cerraran gran número de mataderos municipales, los perjuicios que se irrogarían son incalculables. En efecto, muchos trabajadores del sector quedarían en paro; el -control de las enfermedades infectocontagiosas del ganado de la comarca sería más difícil; el precio del ganado disminuiría, al concurrir menos compradores, con el serio peligro de la desaparición de muchos pequeños y medianos ganaderos, con la subsiguiente baja de la producción y la lógica subida del precio de la carne; aumento de los gastos de transporte y probable des abastecimiento de los núcleos pequeños de población apartados de las principales vías de comunicación, lo que induciría a realizar matanzas clandestinas; se produciría un semimonopolio de la carne, con efectos negativos tanto para los productores como para los consumidores y si como consecuencia de la negociación del correspondiente convenio colectivo, los trabajadores de los mataderos privados se declarasen en huelga, un gran número de españoles carecerían de un alimento de primerísima calidad como lo es la carne, etcétera.
Los ayuntamientos que tengan sus mataderos deben defenderlos ,la capa y espada", dotándolos de las necesarias condiciones higiénico-sanitarias, pues con ello protegen a sus conciudadanos, haciendo posible la adquisición de carne fresca y sana, a un precio justo./
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