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El fiscal solicita rebajar la pena impuesta en consejo de guerra al teniente coronel Molinero

El fiscal togado del Consejo Supremo de Justicia Militar ha solicitado rebajar a un año la condena de seis años y un día dictada en consejo de guerra el pasado 28 de abril contra el teniente coronel Alejandro Molinero Cámara, procesado en su día por la fabricación de bolígrafos pistolas. Molinero Cámara fue condenado a seis años y un día de prisión mayor como autor de un delito consumado de depósito de armas, y a seis meses y un día de prisión como autor de otro delito de fraude al Estado.

La solicitud del fiscal, motivada por un recurso presentado contra dicha sentencia por el citado teniente coronel, no lo es por petición graciable, sino porque considera que el tribunal militar no tuvo en cuenta en la aplicación de la pena lo previsto en el artículo 256 del Código Penal, que indica que se podrá rebajar la pena en uno o dos grados si de los antecedentes del procesado o de la patente falta de intención de usar las armas con fines ilícitos, se dedujere la escasa peligrosidad social de aquél.El fiscal togado considera que la sentencia recurrida es correcta en sus fundamentos de hecho, calificación jurídica y pena impuesta por el delito de fraude, pero que el fallo es incongruente en cuanto se refiere a la pena correspondiente al delito de depósito de armas.

Asimismo, considera indudable, por otra parte, que el procesado no pretendía utilizar los artilugios para fines ilícitos, sino simplemente para fabricar o inventar una especie de bolígrafos que podrían ser utilizados como elementos de defensa o alarma que pensaba presentar ante sus superiores y compañeros el día del patrón de Ingenieros.

Este argumento fue utilizado para su defensa por el teniente coronel Molinero sin que fuera tenido en cuenta por el consejo de guerra, que le impuso la pena de seis años y un día de prisión por depósito de armas, pena que, a su vez, lleva consigo la separación del servicio. Sin embargo, ahora el ministerio fiscal ha decidido, en vista del recurso presentado, solicitar que se le rebaje la pena, acogiéndose a lo contemplado en el artículo 256.

El consejo de guerra, al fijar la sentencia, anunció que se había dirigido al Gobierno para rebajar la pena a un año, ya que consideraba desproporcionada «la escasa gravedad de los hechos perseguidos y las circunstancias favorables que concurren en el procesado».

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