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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El ingreso en la OTAN y el referéndum

LA CAMPAÑA de recogida de firmas para exigir la celebración de un referéndum sobre el ingreso de España en la Organización del Tratado del Atlántico Norte carece, en términos jurídicos, de fuerza vinculante.Tal vez los partidarios de que el eventual ingreso de España en la OTAN sea sometido a referéndum se arrepientan ahora de las cortapisas impuestas en su día en la Constitución a la iniciativa popular o del amplísimo grado de discrecionalidad concedido al Gobierno para someter a consulta popular las grandes decisiones políticas. Sin embargo, la única manera de defender consecuentemente el ordenamiento constitucional es aceptar también las reglas de juego cuando su aplicación perjudica a las posiciones derrotadas. La Constitución no deja lugar a equívocos, tanto en lo que respecta a la ausencia de obligación del Gobierno para convocar un referéndum consultivo sobre la entrada de España en la Alianza Atlántica como en lo que concierne a la inutilidad de las firmas de los ciudadanos para forzar jurídica mente al poder ejecutivo a dar ese paso. El artículo 92 de la Constitución establece que "las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos", referéndum que "será convocado por el Rey mediante propuesta del presidente del Gobierno, previamente autorizado por el Congreso de los Diputados". Así de claro.

La recogida de firmas no puede poner en marcha mecanismos para convertir en forzoso el referéndum. Las cautelas y desconfianzas de los constituyentes al regular la iniciativa popular hacen inservible esa vía. para alcanzar el objetivo deseado. El artículo 87 de la Constitución limita la iniciativa popular a la presentación de proposiciones de ley que, al igual que los proyectos del Gobierno o las proposiciones de las Cámaras, pueden ser aceptadas o rechazadas por las Cortes Generales. Pero, además, y por si fuera poco, la Constitución excluye taxativamente del ámbito de la iniciativa popular las materias "de carácter internacional".

La campaña de firmas en torno a la OTAN se ha tenido que amparar en el artículo 29 de la Constitución, que reconoce a todos los españoles "el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, y en la forma y con los efectos que determine la ley". Esos pliegos carecerán, como decimos, de fuerza jurídica para obligar al presidente del Gobierno a convocar un referéndum cuya celebración o no queda a merced de su criterio. Es cierto que hay razones políticas de las que el derecho constitucional no entiende, y que una masiva presión ciudadana podría lograr, en teoría, que el presiente del Gobierno, a quien nadie puede obligar a convocar el referéndum, pero a quien nadie puede impedir tampoco proponerlo, cambiara de opinión. Pero no parece que una cosa así vaya a suceder en la práctica.

El respeto por la Constitución debe ser demostrado tanto por quienes se oponen al ingreso de España en la OTAN como por quienes defienden la opción atlantista. El Gobierno, al forzar la vía del artículo 94, que no requiere más que mayoría simple de las Cortes Generales, y desechar la del artículo 93, que exige la mayoría absoluta de las leyes orgánicas, a fin de solicitar la previa autorización para ingresar en la OTAN, ha jugado sus bazas con habilidad, al obtener el dictamen favorable de un Consejo de Estado presidido por el antiguo portavoz centrista en el Congreso, pero no ha convencido a la opinión pública.

El ingreso de España en la OTAN rompe una línea tradicional en la acción exterior de nuestro país, y es una decisión que afecta, de hecho y de forma directa, a la seguridad y al futuro de los españoles. Desde este punto de vista, la sugerencia o la petición de un referéndum no puede parecerle a nadie descabellada. Pero si el Gobierno es inflexible en su oposición a esta consulta, su decisión de aprobar el ingreso en el Parlamento por mayoría simple, y no absoluta, resulta vergonzante. No bastan a veces los votos en una democracia si no están amparados de un aserto y un apoyo de la opinión. El ingreso o no en la OTAN es una decisión de máxima trascendencia, como todo el mundo reconoce. Son estas decisiones, y no las menores, las que el Ejecutivo tiene la obligación moral -y debería tener la habilidad política- de rodear de toda clase de cautelas.

El Gobierno y UCD tienen sus razones para considerar positiva la entráda de España en la OTAN, al igual que los socialistas manejan argumentos atendibles al oponerse. Pero el poder ejecutivo ofende a la diginidad de los ciudadanos con su teoría de que el asunto de la OTAN es demasiado complicado como para que los es pañoles de a pie puedan llegar a entenderlo. Con independencia del fondo del problema, cuyas propias dificultades exigen precisamente un amplísimo y profundo debate, la postura defensiva del Gobierno, su resuelta negativa a considerar la posibilidad de un referéndum consultivo y su firme decisión de avanzar por la dudosa vía del artículo 94 y la mayoría relativa para que las Cortes Generales se pronuncien sobre el tema, no pueden sino levantar sospechas. Y éstas se ciernen tanto respecto a las verdaderas razones de las frenéticas prisas por ingresar en la OTAN como en lo que concierne al respeto por la opinión de la sociedad española, al parecer adulta y madura para refrendar la Constitución o para elegir a los diputados de UCD, pero infantil y atrasada para juzgar sobre cuestiones políticas de especial trascendencia.

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