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España ingresará en la OTAN por mayoría simple de las Cortes

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El Gobierno ha obtenido del Consejo de Estado un respaldo a su estrategia para lograr del Parlamento la autorización para adherirse a la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) en breve plazo, por mayoría simple y sin posibilidad de realizar modificaciones en el documento de adhesión.Este procedimiento para introducir a España en la OTAN, parlamentariamente de puntillas y con todo el peso político de la decisión sobre las espaldas del Ejecutivo, introducirá un nuevo elemento de tensión en las próximas campañas de la izquierda contra el ingreso español en el Pacto Atlántico, una vez rechazada por el Gobierno la propuesta de organizar un referéndum.

El Consejo de Estado emitió ayer, por unanimidad, un dictamen favorable a la tramitación parlamentaria de la adhesión de España a la OTAN de acuerdo con el artículo 94.1 de la Constitución. Así lo confirmó el Presidente del alto organismo consultivo, Antonio Jiménez Blanco, ex portavoz del Grupo Parlamentario Centrista del Congreso y personalidad muy vinculada al ministro de Asuntos Exteriores, José Pedro Pérez-Llorca, autor de la solicitud de consulta acordada por el Consejo de Ministros el pasado día 20 de agosto.

De acuerdo con el precepto constitucional citado, la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, entre otros, en los casos de tratados de carácter político o tratados o convenios de carácter militar. En este caso basta la mayoría simple parlamentaria.

La consecuencia más importante de esta opción por la vía del artículo 94 es que se obvia la utilización del artículo 93 de la Constitución, que exige ley orgánica y, por tanto, mayoría absoluta en el Parlamento, para autorizar la celebración de tratados «por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución».

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El Gobierno pretende que el Parlamento no pueda modificar su propuesta de ingreso en la OTAN

Viene de primera páginaEl mismo artículo establece que «corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión». El socialista Guillermo Galeote estimó anoche que éste es el artículo aplicable a la adhesión a la OTAN.

Fuentes jurídicas de toda solvencia manifestaron a EL PAÍS que, sin que pueda estimarse incorrecto el dictamen del Consejo de Estado, el artículo 93 de la Constitución, que encabeza el capítulo dedicado a los tratados internacionales, venía como «anillo al dedo» a la adhesión de España a la OTAN. Las mismas fuentes estimaron que en un sistema parlamentario como el nuestro debería haber sido el propio Gobierno el que tuviera el arrojo suficiente para obtener una coparticipación mayor del Parlamento en una decisión de tanta trascendencia, del mismo modo que debería haber consultado a los ciudadanos mediante referéndum.

En medios diplomáticos se poníade manifiesto, por otra parte, que el texto del tratado suscrito en Washington en 1949 compromete de lleno a los Estados firmantes en la defensa occidental, de forma que condiciona las competencias constitucionales atribuidas al Rey, al Gobierno y a las Cortes Generales en orden a la defensa nacional y a la declaración de guerra y de paz. El artículo quinto del tratado establece que «un ataque armado contra una o varias de ellas (de las partes firmantes), ocurrido en Europa o en América del Norte, será considerado como un ataque dírigido contra todas, y, en consecuencia, convienen en que. si tal ataque se produce, cada una de ellas (...) asistirá a la parte o partes atacadas, tomando individualmente y de acuerdo con las otras las medidas que juzgue necesarias. comprendido el empleo de las fuerzas armadas para restablecer la seguridad en la región del Atlántico Norte».

Fuentes oficiosas de Unión de Centro Democrático (UCD) señalaron a este periódico que la marginación del artículo 93 de la Constitución en la tramitación parlamentaria de la adhesión española a la OTAN no responde a un propósito de restar protagonismo al Parlamento, sino que es la única fórmula para asegurarse la autorización de las Cámaras, al menos del Congreso de los Diputados. La exigencia de mayoría absoluta para la aprobación global de las leyes orgánicas podría poner en peligro la decisión gubernamental de ingresar en la OTAN, si a los seguros votos en contra de la izquierda se unen los del sector socialdemócrata de UCD, como ya ocurriera en el debate sobre la ley de Divorcio.

Aprobación sin modificaciones

Por otra parte, el procedimiento de la ley orgánica implica un trámite legislativo en el que la propuesta gubernamental queda sometida a posibles enmiendas parciales que la modifiquen, así como a debates más extensos que podrían erosionar la imagen gubernamental. En cambio, con el reglamento de la Cámara baja en la mano -vigente todavía, a pesar de su carácter provisional-, no serán posibles las modificaciones parciales del texto de adhesión propuesto por el Gobierno, ya que toda clase de propuestas contrarias al tratado o convenio de que se trate se tramitarán «como enmiendas a la totalidad».

Según fuentes socialistas, una de las razones de la urgencia en la formalización gubernamental de la decisión de incorporar España a la OTAN es evitar que previamente se produzca la aprobación del nuevo reglamento del Congreso, en el que se establece la posibilidad de modificar el texto gubernamental, de acuerdo con el proyecto de reglamento aprobado por la Comisión y pendiente sólo de aprobación por el Pleno de la Cámara.

En el proyecto citado, adaptado a la Constitución, se establece para la autorización de tratados una tramitación parlamentaria que afecta a los casos del artículo 94.1 y en la que se distingue entre propuestas que tendrán la consideración de enmiendas a la totalidad y aquéllas que se considerarán como enmiendas al articulado y que, por tanto, pueden modificar el texto gubernamental. Entre las primeras figurarían las que pretendieran la denegación o el aplazamiento de la autorización del tratado o convenio, o propusieran reservas o declaraciones no previstas por el mismo. Entre las segundas estarían las propuestas de supresión, adición o modificación a las reservas o declaraciones que el Gobierno pretendiere formular y las que formularen reservas o deciaraciones previstas por el tratado o convenio.

La izquierda parlamentaria estudia su estrategia ante el intento gubernamental de someter a las Cortes el tema de la OTAN de forma breve y sumaria. Aunque no se encuentran en Madrid las personas responsables de los grupos parlamentarios socialista y comunista, fuentes oficiosas manifestaron que, como mínimo, será necesario adaptar la tramitación de la adhesión a la OTAN a las nuevas previsiones reglamentarias y, por tanto, aprobar previamente el reglamento del Congreso, que el pasado 23 de junio fue remitido por el Pleno a la Comisión para tratar de rehacer el pacto político sobre el mismo, que no pudo materializarse aquel día por falta de diputados centristas.

Las mismas fuentes añadieron que, en todo caso, sus respectivos grupos intentarán la tramitación de la adhesión como ley orgánica, de acuerdo con el artículo 93 de la Constitución. Señalaron también que en el mismo proyecto de reglamento se establece que, si durante la tramitación de un tratado o convenio se suscitaren dudas sobre la constitucionalidad, el Pleno del Congreso podrá requerir al Tribunal Constitucional para que resuelva, y mientras tanto se interrumpirá la tramitación.

En fuentes centristas se aseguró ayer que el Comité Ejecutivo de UCD será informado del diciamen del Consejo de Estado previamente a que el Consejo de Ministros acuerde el día 4 de septiembre remitir a las Cortes Generales el documento de adhesión a la OTAN.

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