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CONSUMO

La mayoría de los refrescos no dan el contenido de zumo exigido por la reglamentación

El calor y la sed hacen de muchas personas auténticas adictas a las bebidas refrescantes durante el verano, dejando de lado otras más tradicionales, como el agua o el vino. Sin embargo, la cantidad de azúcar que suelen contener este tipo de refrescos no ayudan a acabar con la sed, sino simplemente a mitigarla a base de frío y sabores sugerentes. Pero no sólo no mitigan la sed, por su alto contenido de sacarosa, sino que rara vez estas bebidas contienen productos naturales.

En los distintos análisis realizados por las revistas especializadas recogidos recientemente por la revista Coeba quedaba patente que el nivel de zumo contenido en las cinco marcas más importantes de refrescos llegaba desde el 12% de Tninaranjus, a un 3 % Schweppes, esta última marca utilizaba la pulpa de la naranja -sobrante de las fábricas que producen zumos y lo añadía en la composición como si realmente fuera zumo de naranja. Otro dato curioso de este análisis es el que casi no exista zumo de limón natural en estos refrescos, quizá debido a que esta fruta es más cara que la naranja. De las marcas analizadas ninguna pasa de la proporción del 3%. Sin embargo, la cantidad de azúcar es muy amplia, oscilando entre un 10% y un 13%. Esto quiere decir, que en un litro de refresco se están consumiendo más de cien gramos de azúcar.Según el Código Alimentario, las materias primas reconocidas para fabricar un refresco son fundamentalmente tres: agua potable, jarabe compuesto o preparado básico y anhídrido carbónico.

El jarabe compuesto es el componente que imprime carácter por su sabor y puede ser el resultado de la mezcla de todos o de varios de estos ingredientes: edulcorantes, zumos, extractos o disgregados vegetales (principalmente de frutas), agentes aromáticos y aditivos. La utilización de estos aditivos está permitida dando absoluta preferencia a los de origen natural, y si no, acogiéndose a los admitidos por el anexo número II de esta reglamentación. Sin embargo, se exige que en los envases figure la mención «para uso alimentario». Pero, aparte de estos tres elementos, el consumidor deberá saber a la hora de comprar un refresco las distintas clases en que éstos están divididos. Dejando de lado el tema de las aguas minerales, gaseosas o las aguas gaseadas o de seltz, entre las bebidas refrescantes se puede escoger entre los siguientes productos:

Bebidas refrescantes aromatizadas. Contienen, fundamentalmente, agua potable, carbónica o no, edulcorantes naturales o artificiales, agentes aromáticos y aditivos. Además, pueden contener zumos de frutas, cloruro sódico, ácido ascórbico (vitamina C), un volumen de anhídrido carbónico en las que sean gaseadas y cafeína en un 0,015% en peso y quinina en un 0,01%.

Bebidas refrescantes de extractos. Son bebidas carbónicas o no, elaboradas con agua potable, extractos y/o agentes aromáticos naturales de origen vegetal, edulcorantes y aditivos autorizados, con exclusión de edulcorantes artificiales. Los extractos son los preparados obtenidos por presión y posterior evaporización del zumo o líquido obtenido.

Bebidas refrescantes de zumos de frutas. Se componen, al igual que las demás bebidas carbónicas o no, de agua potable, zumos de frutas y edulcorantes naturales. Aquí la reglamentación da las cifras mínimas de zumos de frutas en unas proporciones que, como se ha podido ver por los análisis, no se cumplen en todos los casos. Estas proporciones son las siguientes: zumo de naranja, un 8%; zumo de limón, 6%; sumo de pomelo, 4%; zumo de piña, 4%; zumo de manzana, l6%; zumo de albaricoque, melocotón y pera, l6%; zumo de uva, 22%; zumo de fresa, 6%, y zumos de otras frutas, 6%.

Bebidas refrescantes de disgregados de frutas. Son las preparadas con agua potable, disgregados de frutas interpuestos o emulsionados y edulcorantes. Los disgregados de frutas son los productos obtenidos de las frutas por separación o desunión en pequeños fragmentos de las partes que constituyen su fruto. Por último, se encuentran los productos en polvo para preparación de bebidas refrescantes, que son una dilución de las distintas clases señaladas, a los que se añade bicarbonato sódico. En general, las condiciones básicas de este tipo de bebidas deberán satisfacer estos requisitos mínimos: estar elaboradas exclusivamente con los productos autorizados; poseer aspecto normal, color, olor y sabor característicos; estar exentas de impurezas y estar exentas de microorganismos patógenos.

Envasado y etiquetado

En la rotulación de los envases dispuestos para su venta al público deben constar los siguientes datos: marca registrada y capacidad de envase; tipo de bebida (es decir, aclarar a qué tipo de refresco pertenece, de los citados anteriormente), marca registrada y número de registro sanitario; contenido de cafeína, quinina o edulcorantes artificiales y proporción del zumo de frutas que lleva.Está prohibido, por otra parte, el empleo de palabras o frases que induzcan a confusión con zumos de frutas cuando no lo sean, así como la mención «contiene zumo» o «bebida de zumo» cuando tengan una proporción menor de la obligada; el uso de palabras como «pasteurizada» o «esterilizada»- en bebidas que contengan sustancias conservadoras; el empleo de calificativos como «puro» o «natural» en las bebidas a las que se hayan adicionado conservadores químicos o colorantes artificales, observaciones que puedan inducir a error respecto a su verdadera composición técnica de elaboración, así como las indicaciones que atribuyan una acción terapéutica.

La acidez mata los gérmenes

Desde el punto de vista microbiológico, las bebidas refrescantes no presentan problemas graves, ya que su acidez es tan elevada que los gérmenes no pueden prosperar en ellas. Así, en análisis realizados por Sanidad sobre 64 muestras ninguna presentó una presencia indeseable de microbios, salvo un zumo de mandarina, fruto de acidez menos fuerte. La capacidad natural para eliminar a los gérmenes se comprobó con la experiencia de contaminar artificialmente un refresco de este tipo; a las cinco horas estaban muertos los microbios.Los inconvenientes de las bebidas refrescantes se concretan en su nulo valor proteico y el riesgo de un consumo excesivo, sobre todo en la infancia, que puede llevar a problemas de malnutrición, ya que estos refrescos producen saciedad y quitan, por tanto, el apetito.

De las experiencias científicas se deduce que el azúcar refinado disuelto en los refrescos forma al consumirlo una fina película que cubre los dientes; las bacterias tienen así vía libre para producir el ácido láctico, que destruye el esmalte, y su acción es continua

El azúcar presenta también un problema para las personas obesas o para quienes siguen dietas de adelgazamiento; claro que este inconveniente puede quedar suprimido en las bebidas que usan edulcorantes, elementos que no tienen valor calórico. La pega es que sobre ellos (sobre todo si se trata de ciclamatos) pesa la sospecha de que sean cancerígenos, y aquí la cosa está poco clara, porque las opiniones científicas se dividen y la guerra comercial anda por medio para confundir más. No obstante, la ingestión diaria admitida (IDA) por la Organización Mundial de la Salud (OMS) es de cuatro miligramos por kilo de peso corporal para los ciclamatos y de 2,5 míligramos por kilo para la sacarina, dieta que se cubriría con el consumo de un solo botellín.

En 1902, el doctor Charles A. Crampton descubrió que la palabra cola estaba plenamente justificada en la coca-cola por la presencia de cocaína. Este ingrediente fue cuidadosamente suprimido, pero a las bebidas de cola les queda aún un elemento estimulante: la cafeína. Aunque las cantidades sean mucho más pequeñas que las que contiene el café, el efecto de la cafeína depende de la temperatura y se ve aumentado por el frío. Por otro lado, los expertos aseguran que el consumo habitual de estas bebidas produce adicción, al igual que el tabaco o el alcohol, detectándose el síndrome de carencia.

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