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SALUD

Nueva reglamentación técnico-sanitaria de la cerveza

Un nuevo texto, revisado, de la reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de la cerveza, aprobado por real decreto, figura en el Boletín oficial del Estado de ayer.Esta nueva reglamentación incluye el ámbito de aplicación, definición de lo que se entiende por cerveza a efectos legales, proceso de elaboración y requisitos de instalaciones industriales.

El proceso de elaboración de la cerveza comprende cuatro fases fundamentales, como resultado de las cuales la cerveza reunirá características tales como su presentación límpida, sin sedimentos; con un determinado nivel de acidez contenido de glicerina, grado de fermentación, impurezas y máximos de ácido fosfórico.

El nuevo texto fija asimismo la ordenación jurídica de dicha bebida, que será igualmente aplicable a los productos importados. Esta reglamentación obliga a los fabricantes, industriales o elaboradores de cerveza, así como, en su caso, a los importadores y comerciantes del producto.

Una disposición transitoria del real decreto deroga las disposiciones anteriores sobre la materia que se le opongan, en particular el decreto 2.183 del 12 de septiembre de 1975.

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