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La amnistía militar portuguesa es constitucional

Numerosos oficiales expulsados de las Fuerzas Armadas portuguesas podrán ahora reincorporarse al Ejército tras el dictamen emitido ayer por la Comisión Constitucional lusa, organismo habilitado para decidir sobre conflictos constitucionales, que considera compatible con la Constitución la ley de Amnistía Político-militar aprobada por el Parlamento en 1979. La decisión de la comisión revoca todas las sentencias de signo contrario emitidas hasta ahora por el Tribunal Supremo militar. La comisión se pronunció al estudiar el recurso dEl promotor de justicia del Tribunal Supremo militar y del mayor Sardinha Dias, que había sido colocado en la reserva obligatoria por decisión del entonces jefe del Estado Mayor del Ejército, general Pedro Cardoso, el 20 de noviembre de 1979.

Cardoso fue recientemente sustituido en sus funciones por el general Amadeu García dos Santos, antiguo jefe de la Casa Militar de la Presidencia de la República.

El Tribunal Supremo militar rechazó el recurso del mayor Sardinha Dias para su reintegración a situación activa y no le aplicó la ley de Amnistía, declarando la inconstitucionalidad orgánica de algunas de las disposiciones del documento que la aprobó.

La ley de Amnistía Político-militar fue aprobada por segunda vez en el Parlamento el 24 de abril de 1979, después del rechazo del presidente Ramalho Eanes de la versión original, que fue ratificada por la mayoría de dos tercios de los diputados.

La ley amnistía las infracciones criminales y disciplinarias de naturaleza política, incluyendo las sujetas al fuero militar, cometidas tras el golpe revolucionario del 25 de abril de 1974.

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