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El tema de los sub-20 puede acabar en Magistratura

Las normas reguladoras de la relación laboral de los deportistas profesionales no contemplan, lógicamente, la posibilidad de que se produzcan discriminaciones. Todas son inaceptables, aunque el proyecto, ya ultimado y pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros, tiende a que los conflictos concretos se solventen entre las partes implicadas. Si una de ellas se pasa, la otra tiene el camino fácil: recurrir a los jueces». Son palabras de Manuel Lapena, secretario general técnico del Ministerio de Trabajo.

El proyecto regulador de estas normas ya pasó por el Consejo de Estado, y aguarda a que se solucione la crisis política actual para su aprobación definitiva en el Consejo de Ministros. Los rumores acerca de que en el proyecto no se contemplaría el tema de la discriminación por razón de edad, podrían representar una nueva tensión entre la Federación de Clubes y la Asociación de Futbolistas, en torno al tema de la obligatoriedad de alinear a dos menores de veinte años en todas las categorías, menos en Primera.Quino, presidente de la AFE, afirma que «en su momento, el ministro de Trabajo, Pérez Miyares, hizo llegar a la AFE, a través del director del Instituto de Estudios Sociales, Juan Antonio Sagardoy, su promesa de que la denominada ordenanza laboral contemplaría este punto. César, Cardeñosa, Esteo y yo mismo somos testigos. Me niego a creer ese tipo de rumores en sentido contrario y, en cualquier caso, la Magistratura podría aclarar las cosas, como ya lo hizo con motivo de la huelga del año 1978».

Hacia la vía judicial, pues, puede derivarse nuevamente este tema, a juicio también de Manuel Lapena. «Mi opinión personal es que, en el tema de los sub 20, si existe auténtica discriminación, esta podría rayar en lo anticonstitucional, pero, en definitiva, deben ser los jueces quienes decidan. El proyecto tiende a que se produzcan acuerdos, pactos colectivos entre las partes implicadas. Una ley de este tipo establece las bases generales reguladoras para ello. Por supuesto que no puede recoger ninguna medida restrictiva de por sí. Sólo faltaría eso. Si una de las partes cae luego en ello, la Magistratura funciona en este país».

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