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TRIBUNALES

Turismo deberá desalojar el edificio de Alcalá, 44

La Secretaría de Estado para el Turismo deberá dejar los locales que ocupa en el edificio, de la calle de Alcalá, número 44, de Madrid, tras una sentencia de la Audiencia Territorial, que declara resuelto el contrato de arrendamiento pactado entre la propiedad particular y la extinguida Secretaría General del Movimiento sobre los locales que hoy ocupa Turismo.Las causas del desahucio estimadas por la sentencia son: la ocupación de los locales por un tercero, Turismo, realizada sin consentimiento del arrendatario y no amparada por la ley de Arrendamientos Urbanos, y la extinción de la Secretaría General del Movimiento, sin que concurran en la Administración General del Estado las circunstancias exigidas por dicha ley para que se produzca a su favor la prórroga forzosa del contrato que fue suscrito en su día por la propiedad particular y la SGM. La sentencia de la Audiencia confirma otra anterior del Juzgado de Instrucción número 2.

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