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Comisión Constitucional

El Defensor del Pueblo velará por los derechos constitucionales y supervisará a la Administración

La Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados aprobó ayer la proposición de ley socialista que desarrolla el artículo 54 de la Constitución. Se trata de la configuración del Defensor del Pueblo, institución original en el ordenamiento español, sobre la que se alcanzó un amplio consenso entre todas las fuerzas parlamentarias. El Defensor del Pueblo velará por los derechos fundamentales en el ámbito de la Administración pública, incluida la militar y la autonómica.

De acuerdo con el artículo 54 de la Constitución y con la nueva ley orgánica, si prospera la redacción aprobada ayer, el Defensor del Pueblo es el alto comisionado de las Cortes Generales -a las que anualmente presentará un informe- para la defensa de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales. Según manifestó Gregorio Peces-Barba a EL PAIS, el Defensor del Pueblo requerirá un equipo directivo de unas veinte personas, y el presupuesto total de gastos que significará para el Estado será «sólo de trescientos millones a cuatrocientos millones de pesetas» ,El mandato del Defensor del Pueblo será de cinco años, y para su elección se seguirá el siguiente procedimiento: será designado quien obtenga tres quintos de los votos del Congreso e igual mayoría del Senado. La votación en esta segunda Cámara se celebrará veinte días después de ]¡la primera. Si no se alcanzan tales mayorías, para las sucesivas propuestas, formuladas en el plazo máximo de un mes, bastarán los tres quintos del Congreso y la mayoría absoluta del Senado.

El Defensor del Pueblo actuará con autonomía y «según su criterio», no recibirá instrucciones de ninguna autoridad; gozará de inviolabilidad, y no podrá ser detenido, expedientado, multado o juzgado en el ejercicio de su cargo.

En cuanto a su actuación concreta, el Defensor del Pueblo, que puede recibir quejas de toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, está facultado para realizar investigaciones conducentes «al esclarecimiento de los actos y resoluciones de la Administración pública y sus agentes en relación con los ciudadanos». Estas atribuciones se extienden a la actividad de los ministros, autoridades administrativas, funcionarios y cualquier persona que actúe al servicio de las administraciones públicas.

En el caso de quejas referidas al funcionamiento de la Administración de Justicia, la ley, recogiendo enmiendas centristas y de Coalición Democrática (CD), establece que el Defensor del Pueblo dirigirá tales quejas al ministerio fiscal. «para que éste investigue su realidad» o dé traslado al Consejo General del Poder Judicial. En cambio, no prosperó la enmienda centrista ni la de CD que pedían la supresión del artículo referido a la Administración militar. Ninguna de las dos fue defendida ayer en la Comisión, que aprobó por unanimidad que «el Defensor del Pueblo velará por el respeto de los derechos proclamados en el título primero de la Constitución en el ámbito de la Administración militar, sin que ello pueda entrañar una interferencia en el mando de la Defensa nacional».

La mayor objeción al texto aprobado ayer, entre felicitaciones mutuas de los comisionados, fue la mantenida por los grupos Comunista y Andalucista a la facultad del Defensor del Pueblo para «supervisar por sí mismo la actividad de la comunidad autónoma». En general, el portavoz andalucista, Juan Carlos Aguilar, defendió posiciones avanzadas en refuerzo de la actuación del Defensor del Pueblo. En cuanto a la facultad de determinar el carácter secreto o reservado de un documento, que el Grupo Andalucista pretendió atribuir «libremente» al Defensor del Pueblo, los demás grupos aceptaron que el Consejo de Ministros acuerde no remitir un documento secreto, aunque la decisión última -como destacó el socialista Gregorio Peces-Barba- queda en manos de las Cortes Generales. Tampoco se admitió incluir en la ley el plazo de tres meses para la designación del Defensor del Pueblo.

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Según pudo saber EL PAIS, los socialistas mantienen la candidatura de Joaquín Ruiz-Giménez para Defensor del Pueblo, aunque, al parecer, UCD le ha puesto últimamente objeciones.

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