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El Congreso prepara el nuevo texto que sustituirá al decreto-ley Antiterrorista

Una ponencia de la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados ha examinado el proyecto de ley sobre potestades gubernativas especiales en relación con los supuestos previstos en el artículo 55,2 de la Constitución, que contempla una serie de medidas contra los actos terroristas cometidos por bandas armadas. Este proyecto ha sido redactado con el fin de sustituir el vigente decreto-ley antiterrorista, informa Europa Press.El artículo 55,2 de la Constitución dice que una ley orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los artículos 17,2, 18,2 y 18,3 pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.

La génesis de esta ley está en la decisión adoptada por la referida ponencia de dividir en tres la ley de seguridad ciudadana y estudiar, de momento, la parte que hace mención a la legislación antiterrorista.

Esta urgencia viene determinada por el hecho de que la vigencia del decreto-ley antiterrorista termina a finales de año y se desea contar para esas fechas con una ley aprobada por el Parlamento con el fin de no tener que prorrogar de nuevo la vigencia de dicho decreto.

A continuación se indica que se consideran acciones atentatorias contra la seguridad ciudadana «las que directamente atenten contra la vida o integridad de las personas; las que se cometan mediante el empleo de armas; las que den o puedan dar lugar a la detención ilegal; las que se concreten en amenazas, coacciones, intimidaciones o extorsiones; las que requieran o exijan para el logro de sus objetivos la adquisición, tenencia, depósito, fabricación, transporte o suministro de armas, y las que comprometan la seguridad exterior del Estado, entre otras.

La detención gubernativa podrá durar el tiempo necesario para la investigación y el esclarecimiento de las actuaciones criminales, sin que en ningún caso pueda exceder e plazo de diez días, según reza en el proyecto.

Asimismo se indica que el ministro del Interior podrá ordenar por un plazo de hasta tres meses la observación postal, telegráfica o telefónica de todas aquellas personas que considere cometen acciones atentatorias contra la seguridad ciudadana.

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