El arzobispado de Madrid ratificó falsas anulaciones matrimoniales de Zaire
Un día, alguien dijo a Ana, una mujer separada de 36 años, que su marido estaba viviendo con otra mujer y que, si quería comprobarlo, no tenía más que ir a determinada hora de la tarde a una cafetería madrileña, donde podría encontrarlos. Ana se resistió a creerlo, porque su educación tradicional le impedía concebir nuevas uniones sentimentales, mientras el matrimonio no estuviera disuelto judicialmente. De hecho, llevaba separada más de año y medio, pero no había «osado» ir con otros hombres, en espera de la sentencia eclesiástica. Además, estaban los niños. Ana, indignada, se propuso averiguar si lo que le contaban era cierto.Así es que esa tarde se arregló más de lo normal, y se dirigió a la cafetería del delito. Entró y, recordando lo que había visto hacer a Ingrid Bergman en una película, se sentó en la mesa más discreta del local. Desde allí, repasó uno por ano los rostros de las personas que a ocupaban, y comprobó, aliviada, que «la otra» y su marido no estaban. Menos mal, pensó, porque encima él se resistía a pasarle pensión. A ella, Dios mío, que había sacrificado sus mejores años teniendo siempre la casa ordenada, la comida a punto y los niños limpios. ¡Qué injusto era todo! Pero, afortunadamente, le habían mentido.
Ana apuró el café y cuando iba a llamar al camarero para pagar y marcharse..., les vio. Su marido cruzaba la puerta con un aspecto más alegre y joven que cuando vivía con ella, y a su lado iba la otra mujer, la mala, que, además, iba muy pintada y llevaba un vestido lemasiado ceñido para el gusto de Ana. Era el escándalo, pero ella no nstaba dispuesta a dejar así las cosas. Ni pensarlo. Se fue directamente hacia ellos y les gritó: «Así que es verdad que te has echado una amiguita, ¿eh, sinvergüenza? Pues te vas a enterar. Te denunciaré y ya veremos lo que pasa». Ambos la miraron atónitos, sobre todo la «otra», porque era esta la primera vez en su vida que veía a esa mujer que chillaba, y no entendía nada.
Hasta aquí, el hecho es normal. Y bastante corriente en un país sin ley de divorcio, donde las amas de casa son tan aficionadas a las radionovelas, y los maridos separados, tan reacios a pasar pensiones. Sólo que lo que ocurrió a continuación ya no es en absoluto normal.
El «marido», tras reponerse de la sorpresa, montó en cólera y fue él luien gritó: «¡Un poco más de respeto, Anita. Que yo contigo no tengo ya nada que ver y ésta que ves aquí, y que tú llamas "mi amiguita", resulta que es mi mujer legítima, casada conmigo por la Iglesia».
Después de ese bochorno, Ana cogió el primer taxi que encontró y se dirigió a toda prisa al despacho de su abogado. «El desenmascarará todo este embrollo», iba pensando. «Comprobaremos que miente y no perderé ni la pensión, ni la parte de bienes gananciales que me corresponde». El abogado de Ana no pudo aclararle nada, porque él tampoco comprendía lo sucedido. Se puso en contacto Con el defensor del «marido», y éste le enseñó una sentencia de nulidad matrimonial, escrita en francés y con el siguiente membrete: Archidiócesis de Lubumbashi. República de Zaire. Tribunal Eclesiástico-Apelaciones.
"Decretamos, según las normas..."
Su texto, transcrito literalmente, dice: «Decreto de ratificación. El 22-9-78, los jueces de este Tribunal Metropolitano de segundo grado, habiendo recibido después de la apelación del defensor del vínculo, la sentencia de primer grado, emitida en 4-9-78, que declara la nulidad del matrimonio de (Aquí cita los nombres de los contrayentes.), celebrado en la iglesia de Santa María de la Fe, de Madrid; después de haber constatado que la sentencia de primer grado ha analizado suficientemente los elementos que prueban la nulidad del matrimonio en causa; después de haber comprobado la certidumbre moral de la invalidez del consentímiento en razón de la exclusión de la indisolubilidad por parte del marido, decretamos poder ratificar, según las normas vigentes, la sentencia afirmativa, emitida por el tribunal de primer grado, integrado por monseñor Eugéne Kabanga, reverendo padre Godefroid Musenge y reverendo padre Patrice Mwamba. Este decreto ha sido notificado a las partes en causa por el defensor del vínculo, y es ejecutorio, sin posibilidad de apelación. Las partes en causa pueden contraer nuevo matrimonio. Dado en Lubumbashi el 2-10-78».
La única firma, al pie del escrito, viene estampada bajo el sello que dice: «Le Notaire-Concordat Cum Originali».
Como el abogado de Ana no acababa de ver claro el asunto, ya que ni firmaban los monseñores zaireños, ni constaba el sello de alguna de las diócesis africanas de Lubumbashi o Sakania-Kipurhi, el otro letrado le despejó las dudas al mostrarle el siguiente documento de ratificación: «Tribunal Eclesiástico de Exhortos. Calle de la Pasa, números 1-3. Madrid. Nulidad de matrimonio. Dirigido al Ilmo. Sr. juez decano de los de primera instancia de Madrid. Ilmo. Sr.: Me honro en enviar adjunto el encabezamiento y parte dispositiva de la sentencia dictada por el Tribunal Ecco. de Sakania-Kipurhi, de fecha 7 de septiembre de 1978, por la que se ha declarado nulo el matrimonio contraído en Madrid, en la iglesia parroquial de Santa María de la Fe, entre (de nuevo indica el nombre de los contrayentes), con el ruego de que se digne dar las órdenes oportunas para que por quien corresponda, se proceda a anular la inscripción de que dicho matrimonio debe obrar en el Registro Civil correspondiente. Y de haberlo así ordenado y realizado, le rogamos se digne darnos cuenta para que nosotros podamos comunicarlo al tribunal rogante para su constancia en autos. Dios guarde a V. I. muchos años. Madrid, 16 de octubre de 1978. Firmado: Aquilino Ruiz Martín, juez».
Este documento, en cambio, sí lleva el sello correspondiente del Arzobispado de Madrid-Alcalá-Curia de Justicia.
Apariencia legal
Así las cosas el perplejo abogado de Ana no tuvo por más que reconocer que su oponente había sido más «listo» que él, ya que todo estaba aparentemente en regia, y no quedaba sino acatar la sentencia. Sin embargo, hizo sus gestiones, interpeló a Roma sobre este caso concreto de nulidad y de otras muchas que le constaban se habían realizado en Africa, y cuando llegó la contestación del Tribunal de la Signatura Apostólica del Vaticano, con fecha 21 de mayo de 1980, el abogado no daba crédito a lo que veía. Tuvo que leer y releer el texto y asegurarse de que nadie le había emborrachado durante la comida para poder creer lo que allí estaba escrito: la máxima autoridad judicial de la Iglesia católica comunicaba que el nuncio apostólico en Zaire ratificaba que, ni en la diócesis primera (Sakania), ni en la segunda (Lubumbashi), había sede de tribunal eclesiástico con tramitaciones de nulidades matrimoniales, y que en ninguna de ellas había pasado jamás ninguna tramitación española.
Por tanto, la Signatura Apostólica, en su calidad de encargada de la vigilancia y control de los tribunales eclesiásticos de todo el mundo católico, ordenaba «la revocación de todas las sentencias ejecutadas en España como procedentes de Zaire», al tiempo que prohibía «nuevas ejecuciones de tal supuesta procedencia».
El embrollo, por fin, quedó aclarado, y este es el resultado: varios centenares de matrimonios católicos españoles han sido estafados en su proceso de nulidad. Han pagado por cada proceso entre uno y dos millones de pesetas, y ahora se encuentran con que las sentencias son falsas, sus primeros matrimonios, perfectamente legítimos a los ojos de la Iglesia, y algunos abogados se han enriquecido a su costa. La Iglesia española, de momento, guarda silencio, y no ha aceptado pronunciarse, pese a los repetidos intentos realizados por EL PAÍS.
Impotentes procreadores
Esta historia casi increíble es la culminación de una larga serie de irregularidades. Hace ya bastantes años, cuando había que anular el matrimonio de alguna familia bien situada social y económicamente, determinados abogados y determi nados jueces recurrían a una serie de «trucos legales» que, por uno o varios millones de pesetas, tramitaban en muy pocos meses lo que otros, con menos dinero, con seguían al cabo de largos años de espera. Fue entonces cuando comenzaron a circular los primeros rumores sobre la peculiar adminis tración de la justicia por parte de los tribunales eclesiásticos. Y fue entonces también cuando en el se no de la Iglesia comenzaron sutiles divisiones entre los prelados: unos silenciaban este tipo de anomalías porque, de buena fe, creían que era la única manera de poner en práctica algo que para ellos era necesario: la disolución matrimonial de los cónyuges cuya convivencia era un infierno. Otros también las silenciaban, pero tal vez con menos buena fe. Y el ex decano del Tribunal de La Rota española, León del Amo Pachón, apoyaba, junto a un tercer grupo, la tesis de que había que ser coherente con la doctrina del Vaticano II, que impide «los divorcios simulados» y fue él quien, quizá por primera vez, habló desde dentro de la corruptela en la curia española.
Mientras tanto, el personal leía asombrado en las revistas del corazón cómo cantantes, actores, actrices, toreros y miembros de la nobleza se casaban y descasaban por la Iglesia con inusitada rapidez. Todo era legal, todo estaba en regla, pero en la mente de algunas personas surgieron, cuando menos, algunas dudas.
¿Cómo es posible -se ha preguntado mucha gente- que a fulanito y menganita les hayan concedido la nulidad por impotencia del marido, y éste, en segundas nupcias, haya recobrado de pronto la energía sexual necesaria. para engendrar prole numerosa y cobrar los descuentos de la Renfe?
¿Cómo es posible también que hayan invalidado un matrimonio tras diez años de convivencia por «incapacidad de asumir las obligaciones de la relación conyugal» y después la misma Iglesia, les haya casado nuevamente con otras personas?
Todas estas cosas, así como «otros casos de permisividad que nos resistimos a citar, aunque los publican revistas y diarios, con grave escándalo para el pueblo fiel», las recogía alguien tan poco sospechoso de anticlericalismo como el citado ex decano León del Amo, en un extenso informe sobre las causas matrimoniales publicado en 1978 en la Revista Española de Derecho Canónico. Monseñor Del Amo aludía en aquel trabajo a «corruptelas frecuentes, como testigos preparados o fuga de causas en busca de jueces complacientes», y lo resumía con una sencilla frase: «Las causas que se tramitan con rapidez son las de los ricos, en detrimento siempre de las de los pobres».
Monseñor Del Amo, desde una perspectiva integrista, pero coherente, denunciaba que lo que estaba ocurriendo en los tribunales de Barcelona era similar a lo que acaecía en Las Vegas: «Allí es notorio que lo normal es obtener fácilmente declaraciones de nulidad de matrimonio, y son tantas», escribía, «que no hay proporción natural entre los pocos tribunales existentes y el número crecido de matrimonios declarados nulos».
Después, tras preguntarse si la Iglesia podía tolerar los «privilegios de los ricos, ya que la Iglesia es madre espiritual también de los pobres», analizaba, caso por caso, los tribunales extranjeros. De lo que ocurría en el de la República Centroafricana de Bangui se escandalizaba monseñor Del Amo porque se concedió una nulidad alegando «miedo reverencial infundido a la novia por sus padres», mientras que la tal novia «era mayor de edad, vivía en Madrid con independencia absoluta, económica y social, de sus padres, a los que veía muy de tarde en tarde, ya que éstos vivían tranquilamente en el pueblo de Mondoñedo (Lugó)».
Siguiendo con los ejemplos, cuenta el ex decano la historia de. dos esposos españoles, sin otro domicilio ni residencia fuera de España, que se casaron en Cádiz y después se trasladaron a vivir a Madrid. Mientras convivieron juntos tuvieron varios hijos, hasta que, «por infidelidades y convivencia insoportable», la esposa pidió la separación, de acuerdo con el marido, ante el tribunal de Madrid. Ambos la obtuvieron, y el juez, considerando que los hijos «no podrían educarse católicamente ni con el padre ni con la madre », se los concedió en custodia a los abuelos maternos.
Pelea familiar
Pasó algún tiempo y el marido quiso casarse nuevamente por la Iglesia con otra mujer. Así que acudió a un tribunal centroafricano y en pocas semanas obtuvo una sentencia de nulidad, en la que se añadía además que los hijos fueran educados por el padre y la madre. Los abuelos, en cuanto se enteraron, dijeron que de ninguna manera, que la sentencia válida era la de Madrid, a lo que el padre, también con razón, decía que la legítima era la expedida en Centroáfrica. Todavía debe durar la pelea entre padres y abuelos, pues nada hay legislado al respecto para deshacer tamaña contradicción.
Entre tanto, y sin que pareciera que iban a cambiar las cosas, se nombra, a primeros del pasado año, a Luis Gutiérrez como nuevo vicario judicial del arzobispado de Madrid-Alcalá, por fallecimiento del anterior. Una de las primeras resoluciones adoptadas por monseñor Gutiérrez fue la de suspender la actuación ante los tribunales de la Iglesia al abogado matrimonialista Ignacio Careaga, por «presuntas injurias a este tribunal». Las injurias a las que se refería el recién nombrado vicario respondían a las acusaciones públicas de «corrupción» que el citado abogado había hecho sobre la administración de la justicia por parte de la curia. Ignacio Careaga recurrió contra la sanción elaborando dos voluminosos expedientes en los que se recogían toda clase de documentos destinados a probar si había o no corrupción. Un cardenal español integrista, pero también coherente con las últimas directrices del Vaticano, gestionó una invitación a Roma del citado abogado para que hiciese llegar a la Signatura Apostólica los citados expedientes. Durante unos meses, la Rota romana guardó silencio, pero en el mes de julio del pasado año, y precisamente cuando se iba a convocar la 31ª Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, llegó una orden de la Santa Sede en la que se exigía a la curia española un pronunciamiento sobre si había o no corrupción.
Esta circunstancia alteró sobremanera el desarrollo normal de la conferencia. El cardenal de Toledo, Marcelo González, exigió de manera acalorada que dicho pronunciamiento se hiciera público y constase explícitamente en el comunicado final de la asamblea. Tras una tumultuosa votación (que contó, al parecer, con la oposición del presidente Tarancán) salió aprobada la publicación del siguiente texto: «Sin que de ninguna manera admitamos como absolutamente verdaderas y objetivas muchas de las acusaciones que se lanzan contra la actuación de algunos tribunales, no desconocemos que en algunos casos los procedimientos en sí mismos o determinadas circunstancias de tiempo y lugar han producido graves deterioros en el testimonio de justicia que la Iglesia debe dar ante el mundo». La cosa, pues, quedó en tablas, al menos dentro de la Iglesia española.
Testigos corruptos
Sin embargo, Ignacio Careaga continuó remitiendo a Roma nuevas denuncias entre los meses de septiembre de 1979 y enero de 1980. En febrero de este año, el papa Wojtila aprovechó la alocución que tradicionalmente dirige a los jueces de la Rota romana al comienzo de cada ejercicio judicial, para llamar su atención sobre el tema. Dijo entonces el Pontífice -y así consta recogido en el Acta Apostolicae Sedis- que: «Sucede con frecuencia que los testigos, a causa de la corrupción, son inducidos fácilmente a emitir falso testimonio. Desgraciadamente, ni siquiera hoy los testigos están inmunes a la posibilidad de prevaricación». Por primera vez, aunque de manera indirecta, la máxima autoridad de la Iglesia católica se había atrevido a emplear públicamente la palabra corrupción. Cuando dijo esto el Papa, ya habían llegado al Vaticano todos los detalles relacionados con el negocio fraudulento de Zaire.
Desde entonces se han producido dos hechos que pudieran ser también significativos. Por un lado, la reciente decisión del vicario Luis Gutiérrez de amenazar a la abogada Cristina Alberdi con retirarle el permiso de actuación -venia- ante los Tribunales Eclesiásticos, decisión retirada a tiempo por el cardenal Tarancón. Sin embargo, a consecuencia de esa amenaza, la presidenta de la Asociación Española de Mujeres Separadas, Ana María Pérez del Campo, remitió una carta personal al vicario en la que decía: «Ustedes no están defendiendo la doctrina de la Iglesia en esta ocasión, como tampoco la defendían cuando en el año 1979 suspendieron por primera vez al letrado Ignacio Careaga conocido públicamente por su lucha contra la corrupción, bajo la supuesta acusación de desacato e injurias a los tribunales».
«Entonces y ahora», continuaba la carta, «suspenden ustedes a dos letrados que se han atrevido, en el primer caso, a luchar fervientemente contra la corrupción dentro de la más estricta observancia de la doctrina de la Iglesia, y en el segundo, a denunciarla, como hizo valientemente la abogada Cristina Alberdi en un debate sobre el divorcio, promovido por el Club Diálogos para la Democracia, en mayo pasado, compartiendo la mesa de ponentes con el padre Martín Patino». «¿Acaso deseconoce usted», proseguía, «que un alto porcentaje del personal de su curia trabaja en despachos particulares de abogados, desde un simple cursor hasta el recién apartado del cargo, señor Palomar, fiscal de varios de sus tribunales?».
«Esa vicaría», finalizaba, «tendrá que rendir cuentas cumplidas de muchas cosas que no están claras y deberá usted también explicar por qué ha retenido durante varios meses la notificación del decreto de la Signatura revocando las sentencias falsas de Zaire, sin que se haya dirigido usted al señor decano de los juzgados de primera instancia de Madrid, para la debida efectividad civil del decreto romano».
Todas estas cosas y algunas más, dirigidas en tono duro hacia el vicario, fueron escritas por Ana María Pérez del Campo. A los pocos días, recibía la contestación del vicario, que no dejó de sorprender a la presidenta de Mujeres Separadas: «Distinguida señora», comenzaba Luis Gutiérrez, «he recibido su escrito de fecha 26 de septiembre, al que gustosamente correspondo por la presente. Soy consciente de mis limitaciones para el desempeño de este oficio, que requiere cualidades relevantes en la persona de su titular. Sus observaciones me hacen tomar mayor conciencia todavía de esas limitaciones. Sé igualmente, que la buena voluntad que creo poner no basta para el recto ejercicio de este cargo. Por consiguiente, no puedo menos que agradecer sinceramente sus puntos de vista y el juicio que mi gestión le merece, pues todo ello puede servirme para mi gobierno. Con mis mejores sentimientos, le saluda, Luis Gutiérrez, vicario judicial del arzobispado de Madrid-Alcalá».
Ana María Pérez del Campo dijo a EL PAÍS, nada más leer la respuesta del vicario, que no sabía muy bien si se trataba de una tomadura de pelo, pues no llegaba a explicarse tal dosis repentina de «humildad».
Quizá este cambio de actitud tuviera algo que ver con las contundentes palabras pronunciadas hace muy pocos días por el prefecto del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica, cardenal Pericles Felici, durante el sínodo de obispos que se está celebrando en Roma. «Algunas de las motivaciones esgrimidas para conseguir anulaciones matrimoniales», decía el prefecto Felici, «suscitan preocupaciones, porque aparecen dudosas o ambiguas. En un solo país del mundo, se ha pasado en los últimos diez años, de 450 anulaciones anuales a más de 5.000. Por eso hago un llamamiento a todos los tribunales eclesiásticos para que eviten los fraudes en las sentencias de anulación».
El cardenal no citó el país, pero en diversos medios españoles relacionados con la judicatura eclesiástica se piensa que muy bien pudo referirse a España. Y en España, mientras tanto, la Iglesia guarda silencio sobre el tema. Las resoluciones finales siguen pendientes y todas las energías de determinados prelados parecen dirigirse únicamente a combatir nuestra incipiente ley del divorcio, considerada por el cardenal primado de Toledo como «el mal mayor».
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