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La ponencia estudió los requisitos y formas de celebración del matrimonio

Ayer continuaron los trabajos de la ponencia que estudia el proyecto de reforma legal del matrimonio y el divorcio, al tiempo que los distintos sectores de UCD reaccionaban a las declaraciones del ministro de Justicia sobre la futura admisión de la separación judicial por mutuo disenso y la aceleración de los procedimientos para obtener el divorcio.

Mientras Manuel Díaz Pinés, diputado centrista por Ciudad Real y conocido por su oposición al proyecto, anunciaba su intención de presentar una moción de censura contra el ministro por violar el programa del partido y se preguntaba si Fernández Ordóñez «se cree el oráculo de Delfos en este tema», José Antonio Escartín, miembro de la ponencia, dudaba si era el momento de hacer tales declaraciones, y la también ponente María Dolores Pelayo comentaba, simplemente: «Si lo ha dicho el ministro, yo estoy de acuerdo en todo».La oficina de Prensa del arzobispado de Toledo, sede del primado, Marcelo González Martín, anunció, por su parte, que el documento de éste contra el divorcio no se reduce a la «opinión particular de un ministro de la Iglesia», según recogió Efe, y respondió a la pregunta de si Juan Pablo II conocía con anterioridad el texto de la pastoral con esta frase: «El cardenal está en estrecha y gozosa comunión con el Santo Padre».

El tema de la necesidad del expediente previo a la celebración del matrimonio, según las distintas formas de vínculo, suscitó ayer la principal discusión en la reunión de la ponencia que estudia la reforma del título IV del Código Civil en materia de matrimonio y divorcio. La propuesta del PSOE y del PCE de que el expediente prematrimonial fuera necesario tanto para el vínculo civil como para el canónico fue derrotada y la ponencia sacó adelante el criterio ucedista de que el citado expediente sea sólo necesario para el matrimonio civil, «dado que el matrimonio canónico precisa su propio expediente y para no obligar a quienes lo contraigan por la Iglesia a un expediente doble, ya que, por los acuerdos del Estado con la Santa Sede, se reconocen efectos civiles al matrimonio canónico», según informaron los ponentes centristas.

La ponencia estudió ayer las dos primeras secciones del capítulo III del proyecto -«De las formas y lugar de celebración del matrimonio»-, que ahora se llamará «De la forma de celebración del matrimonio», que comprende los artículos 49 al 58, ambos inclusive. Los dos temas «aparcados» desde la semana anterior: la supresión del impedimento de razón para contraer matrimonio y la edad mínima para obtener la dispensa, fueron aprobados. Según los presupuestos de Unión de Centro Democrático, se exigirá un examen médico que determine la capacidad para prestar consentimiento en el caso de los deficientes menta les (aprobado por unanimidad) y podrá dispensarse por la edad a los mayores de catorce años, y no de dieciséis, como pretendían socialistas y comunistas.

En el tema de la edad, la ponente ucedista María Dolores Pelayo dijo que «rebajar las posibilidades de matrimonio con dispensa a los catorce años nos ha parecido aceptar la realidad española en regiones como Andalucía, Canarias o Galicia, donde a veces quieren contraer el vínculo, por diversas circunstancias, chicas de quince años».

La ponencia mantuvo los textos de los artículos 49 y 50, relativos a la posibilidad de que españoles en el extranjero o extranjeros en España puedan contraer matrimonio de acuerdo a la ley propia o la del lugar donde se encuentran, según su elección, y se rechazó una enmienda que pretendía obligar a los extranjeros que contrajeran matrimonio en España a someterse a las leyes nacionales en el tema de la capacidad para contraer el vínculo.

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En el artículo 51, que recoge quiénes serán competentes para autorizar el matrimonio, quedó sin decidir si, junto al juez o al funcionario diplomático en el extranjero, podría autorizarlo el alcalde, aunque el tema cuenta con la oposición de Unión de Centro Democrático. En cuanto al matrimonio «del que se halle en inminente peligro de muerte» (prosperó una enmienda del PNV para que se retirara el término «inminente»), recogido en el artículo 52, se puntualizó qué jefes podrían autorizarlo en campaña (el oficial o jefe superior) y cuando se celebre a bordo de una nave o aeronave (el capitán o comandante). Quedó, sin embargo, pendiente de ampliación en qué persona podría delegar el juez.

No será nulo el matrimonio contraído ante un juez incompetente o que carezca de nombramiento si al menos uno de los cónyuges actuó de buena fe (artículo 53). En cuanto al matrimonio secreto (artículo 54), calificado por los comunistas como «arcaico», la ponencia decidió mantenerlo «porque en núcleos de población pequeños puede haber uniones concubinarias que lleven treinta años existiendo, incluso sin el conocimiento de los hijos, y los miembros de la pareja pueden querer casarse, pero sin tocar las campanas», según apuntó el centrista José Antonio Escartín. Se suprimió el párrafo que decía: «El acta, que no producirá asiento alguno en los libros ordinarios de inscripciones, se conservará con igual reserva en el Registro Civil Central».

La ponencia aceptó la enmienda comunista al artículo 55, relativo al matrimonio por mandatario o apoderado, con algunos matices, y redujo el artículo 56, sobre el expediente prematrimonial.

Los ponentes de Unión de Centro Democrático se mostraron muy satisfechos por la solemnidad dada en el artículo 58 al matrimonio civil y el cambio de la fórmula de «si persiste en la resolución de celebrar matrimonio» por «si desea contraer matrimonio con el otro» y «si efectivamente lo contrae en este acto». José Antonio Escartín, ponente de UCD, afirmó: «Queríamos dignificar el matrimonio del Estado, porque hasta ahora se hacia casi por la puerta de atrás».

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