Propuestas que el Gabinete somete a la confianza del Congreso
El presidente expuso un conjunto de doce medidas concretas, en lo que respecta al Estado democrático y de las autonomías, y otras once sobre la crisis económica, declarando que son estos propósitos inmediatos sobre los que el Gobierno solicita la confianza de la Cámara. Estas propuestas, que abarcan doce folios del discurso, son, textualmente, las siguientes:Construcción del Estado democrático y de las autonomías
Primero. El Gobierno, con el fin de hacer realidad plena la unidad jurisdiccional, el autogobierno del Poder Judicial, la promoción de la justicia y la defensa de la legalidad, conferirá prioridad a los proyectos de ley orgánica del Poder Judicial y del Estatuto del Ministerio Fiscal, y facilitará los medios personales, auxiliares y materiales precisos, dentro de los recursos presupuestarios, para lograr el eficaz funcionamiento de la justicia, de la organización policial y del ministerio público.
Segundo. El Gobierno apoyará la tramitación del Estatuto de Libertades Públicas, para desarrollar su amparo judicial, despejar legalmente, con el más amplio espíritu, las incertidumbres y contradicciones que suscitan en la práctica algunos aspectos de su ejercicio.
Tercero. El Gobierno, en el presente período de sesiones, remítirá a las Cortes el proyecto de ley del Consejo Económico y Social, como plataforma institucional de diálogo y deliberación de los principales agentes e interlocutores sociales.
Cuarto. El Gobierno, a través de las comisiones mixtas de transferencias, impulsará, sin reservas, la aplicación de los estatutos de autonomía vigentes, mediante una política de traspaso de servicios rigurosa y sostenida, que se extenderá en lo que sea legal y materialmente posible a los entes preautonómicos.
Quinto. El Gobierno reitera su voluntad de que el proceso de constitución de comunidades autónomas se fundamentará en el proncipio de igualdad, sin más excepciones que las derivadas del fenómeno cultural diferencial, del hecho foral de la insularidad; en el principio de la generalidad del propio proceso y en el principio de solidaridad interterritorial, tratando de asegurar la economía final de la nueva estructura del Estado y la eficiencia y funcionalidad, tanto de la propia institución estatal como de las instituciones autonómicas. A tal fin, el Gobierno fomentará la cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas y de éstas entre sí, como manifestación de la solidaridad que ha de inspirar su política autonómica.
Sexto. El Gobierno impulsará la elaboración y tramitación de los estatutos de autonomía de los territorios que aún no disponen de ellos, de tal modo que puedan estar en vigor en 1982-1983.
Hasta el momento en que se celebren las elecciones para la constitución de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, elegidas por sufragio universal, dichas comunidades podrán ejercitar sus facultades legislativas mediante la constitución de los órganos provisionales que prevean sus estatutos.
Séptimo. El Gobierno reitera respecto a Galicia su voluntad de que, a través del Estatuto, se alcancen los máximos niveles autonómicos, análogos, en toda su extensión y contenido, a los de otras comunidades, definidas en la disposición transitoria segunda de la Constitución.
También, siendo sensible a posibles acuerdos políticos, asegura su propósito de estimular cualquier tratamiento normativo o interpretativo que elimine cualquier inseguridad jurídica en la aplicación del Estatuto. Y que impida el ejercicio por la comunidad autónoma gallega de las competencias en forma desigual a lo establecido en los estatutos de las comunidades anteriormente referidas.
El Gobierno, por otra parte, y dentro del plazo legal, convocará el correspondiente referéndum para someter a aprobación del pueblo gallego su Estatuto de Autonomía.
Octavo. En relación con Andalucía, es intención del Gobierno, si cuenta con la aceptación de la Cámara, y prevía audiencia de la Junta de Andalucía, recurrir al artículo 144 de la Constitución para conseguir, a través de un procedimiento especial, la adopción de un Estatuto que contenga las instituciones y competencias ya establecidas para los estatutos actualmente en vigor.
Noveno. El Gobierno considera que la autonomía de las corporaciones locales es pieza básica y sustancial de la nueva estructura del Estado, por lo que se remitirá al congreso un proyecto de ley regulador de las administraciones públicas territoriales que, respetando las competencias de las comunidades autónomas: a) garantizará la autonomía que la Constitución reconoce a los ayuntamientos y corporaciones provinciales, forales e insulares; b) reforzará sus atribuciones en lo que afecta particularmente a urbanismo y equipamientos colectivos.
Décimo. El Gobierno entiende que resulta positivo, en el marco de las posibilidades financieras del país, continuar el proceso de saneamiento y mejoras de las haciendas locales, mediante el progresivo incremento de sus dotaciones, el perfeccionamiento de su propia fiscalidad y una adecuada ordenación del crédito destinado a fines de interés local, con objeto todo ello de que, gradualmente, puedan asumir la prestación de servicios sociales que hoy, impropiamente, corresponden al Estado y que deben ser transferidos.
Undécimo. El Gobierno, sin perjuicio de las medidas legislativas que correspondan a esta Cámara, se propone redistribuir las competencias entre los órganos centrales y los periféricos de la Administración del Estado, y, en este orden de cosas, acelerar el proceso de desconcentración a favor de estos últimos, cuya estructura y organización serán objeto de reordenación y fortalecimiento bajo el prisma de la mayor eficacia, proximidad y celeridad de las decisiones administrativas, especialmente en el ámbito del gasto público productivo, con el fin de agilizar la capacidad inversora de la Administración.
Duodécimo. El Gobierno procederá a una amplia reforma administrativa por razones de funcionalidad y eficacia en la gestión de los servicios públicos a cargo de la Administración del Estado y, fundamentalmente, por la remodelación de las competencias que implica el desarrollo de las comunidades autónomas. Dentro de ella, el Gobierno dedicará especial atención a la política de la función pública desde la perspectiva de la exigencia, responsabilidad y productividad que la misma requiere. Se propone asimismo revisar las situaciones de compatibilidad hasta ahora autorizadas y llevar a cabo una reordenación de los efectivos personales existentes.
Tratamiento de la crisis económica
El nuevo Gobierno ha hecho un examen de la situación económica, y ha deducido los criterios generales que orientarán, en el marco de las declaraciones programáticas anteriores, sus actuaciones preferentes a partir de ahora.
Primero. El paro es el problema más grave de nuestra economía. A la creación de puestos de trabajo se ordenará toda la política económica, dentro de los límites Impuestos porla lucha contra la inflación y por el desequilibrio de la balanza de pagos. Es necesario situar este esfuerzo en un plazo mínimo de tres años y, aceptar que en 1981 no será posible cambiar radicalmente el signo de la situación. El Gobierno se niega a convivir pasivamente con la crisis, se compromete a cumplir sin concesiones el papel que le corresponde, buscando en todo momento una distribución justa del peso de las medidas que adopte, y llama a todos los ciudadanos a la colaboración en el trabajo y en el esfuerzo hacia una finalidad común: superar la crisis.
Segundo. En el marco de la economía de mercado, que define la Constitución, corresponde primariamente a la inversion privada la creación de puestos de trabajo. Pero el Gobierno ha de contribuir a esta tarea usando la palanca que está en su mano: un sustancial aumento de la inversión pública. Para ello comenzará pordarejemplode ahorro en el sector público, aplicándose tenazmente a moderar el crecimiento de los gastos corrientes en los Presupuestos Generales del Estado, a administrar con todo rigor la Seguridad Social y el seguro de desempleo, a ordenar más justamente el sistema de pensiones, estableciendo topes e incompatibilidades, corrigiendo situaciones abusivas y a aplazar alguno de los gastos de defensa previstos por ley. Este esfuerzo y los mayores ingresos obtenidos por un prudente aumento de la imposición indirecta permitirán financiar una inversión pública centrada en los campos que le son más propios, en los que es mayor la capacidad para generar empleo y para arrastrar a la inversión privada, como son la energía, la construcción, la agricultura y los transportes.
Tercero. El Gobierno anuncia su firme decisión de oponerse a la toma en consideración de cuantas iniciativas legislativas supongan nuevos crecimientos de los gastos públicos corrientes cuando no se propongan y aprueben al mismo tiempo los recursos de financiación corriente adicional necesarios.
Cuarto. El Gobierno se propone continuar la reforma fiscal en sus aspiraciones fundamentales de justicia y eficacia, urgiendo la tramitación parlamentaria de los impuestos sobre sucesiones y sobre el valor añadido. Al mismo tiempo, hará los ajustes en la legislación tributaria que la experiencia y la coyuntura exigen, en lo que se refiere a la actualización de los valores patrimoniales, a la regularización de los balances, a la acomodación de las escalas impositivas en función de la evolución de los precios y a la protección a la familia y al ahorro.
Quinto. Junto a este esfuerzo inversor directo, el Gobierno va a apoyar la reanimación de la inversión privada, sobre todo en dos campos: la ejecución puntual del Plan Energético Nacional, evitando que obstáculos administrativos, financieros o de otro tipo lo entorpezcan (lo mismo en sus aspectos convencionales que nucleares) y la edificación de viviendas, mediante el establecimiento, entre otras medidas, de un sistema de financiación que permita un rápido aumento de la actividad en el sector de la construcción. Por otra parte, y con el mismo objetivo, el Gobierno ayudará al desarrollo de regadíos privados y al establecimiento de industrias agroalimentarias.
Sexto. Es además urgente promover la adaptación de las estructuras industriales a los cambios de la sociedad y de la economía. Por ello, el Gobierno está firmemente decidido a emprender en determinados sectores la tarea de reconversión industrial, que supondrá un sacrificio para el Estado, los accionistas, los trabajadores y las instituciones financieras.
Séptimo. La creación de ahorro y su asignación correcta a las nuevas inversiones se favorecerá por un nuevo Impulso a la reforma del sistema financiero, continuando la liberalización de los tipos de interés, manteniendo la evolución prevista de los coeficientes obligatorios y orientando una parte creciente de los recursos del sistema hacia el crédito a medio y largo plazo, con tipos de interés y condiciones libres. Se mantendrá la línea actual de la política monetaria, que asegura, sin abandonar el objetivo de la lucha contra la inflacion, un crecimiento real del crédito al sector privado.
Octavo. Siempre con el fomento de la inversión a la vista, se hará un nuevo esfuerzo para aligerar las intervenciones y las trabas administrativas y burocráticas, que tanto entorpecen la marcha de la economía en lo referente, por ejemplo, a la libertad de ampliación, Instalación y traslado de industrias y a los mecanismos de control de Ios precios.
Noveno. En colaboración con las comunidades autónomas, se prepararán planes de actuación territorial que, entre otras obligaciones, atenderán especialmente a la mejora de infraestructuras y servicios en el medio rural.
Décimo. Uno de los hechos capaces de animar la inversión privada es el progresivo establecimiento de un sistenia de relaciones laborales más próximo al de los países entre los que vivinios, y que nos permita acercarnos a su nivel medio de productividad. El Gobierno se propone completar el desarrollo reglamentarlo del Estatuto de los Trabajadores para conseguir su aplicación efectiva, especialmente en lo que se refiere a contratos a tiempo parcial y por tiempo determinado. El Gobierno valora muy positivamente el avance que ha supuesto el Acuerdo Marco Interconfederal y, en el respeto a la libertad de la negociación colectiva, señalará los criterios de moderación que deben inspirar el aumento de los salarios monetarios sobre la base de la inflación prevista y deduciendo los aunientos del coste de la energía importada y de la imposición indirecta adicional.
Undécimo. La moderación salarial es necesaria, no sólo por razones internas, sino también para mantener nuestra capacidad de competencia en los mercados exteriores. La exportación será, con la inversión, objetivo preferente de la política económica. Sólo con exportaciones crecientes se podrá pagar la factura del petróleo sin recurrir a un proteccionismo que sería además incompatible con el horizonte próximo de integración a las comunidades europeas, hacia el que debe orientarse el conjunto de las actuaciones del Gobierno.
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