La amnistía militar: mirando atrás sin rencor ni ira.
Días pasados, en una revista semanal, y en la portada de la misma, aparece la reproducción de un cartel de propaganda de nuestra pasada guerra civil con un hermoso lema: «Ni vencedores ni vencidos».En sus páginas se publica un informe sobre lo que llama el autor del mismo «una ley polémica», al referirse a la proposición de ley que intenta hacer desaparecer el trato discriminatorio que reciben por la ley 46/1977, de 15 de octubre, los militares profesionales.
Quede bien claro que tal proyecto no es anticonstitucional, ya que se trataría de una modificación de una ley, es decir, lo que se hizo con la modificación de la ley 6/1978. Bajo este punto de vista, no se roza la inconstitucionalidad a que se refiere el señor Fraga Iribarne, razón, al parecer, por la cual Coalición Democrática no firmó tal proyecto. Pero en el informe de la revista en cuestión se dice que parece ser que tal proposición de ley ha cogido por sorpresa al Ministerio de Defensa, lo cual es una noticia no ajustada a la realidad.Acabar con una discriminación
Desde el mes de noviembre de 1979, la Comisión de Defensa del Senado designó una ponencia que debía estudiar y estudió la forma de acabar con la discriminación que suponía para los militares profesionales que permanecieron leales al Gobierno de la República; una ley de amnistía que realmente era un simple indulto, ya que mantenía las accesorias de las penas que en su día recayeron sobre tales militares y que, en virtud de la ley 6/1978, se consideraba su profesionalidad, según el Ministerio de Defensa, hasta el día 17 de julio de 1936.
El señor ministro recibió primero a los miembros de la ponencia, senadores señores Bosque Hita, Jáuregui Lasanta, Martín Villa, Prat García y Paulino Pérez, los cuales le hicieron llegar el deseo de solucionar los problemas que realmente impedían una auténtica reconciliación.
Algún tiempo más tarde, el señor ministro de Defensa recibía a una comisión de la Asociación de Militares Profesionales Separados del Servicio, a la cual acompañaron los miembros del Senado que constituían la ponencia. La entrevista fue muy cordial y el señor ministro prometió estudiar una solución del problema que fuese satisfactoria para todos.
De otra parte, el señor ministro de Defensa estaba dispuesto a recibir a una representación de las diversas agrupaciones de militares de la República no profesionales con anterioridad al 18 de julio de 1936. Queda claro que estos problemas no podían en modo alguno significar la menor sorpresa en su planteamiento al señor ministro de Defensa y sus colaboradores más directos.
En contradicción con lo que dice el informe que comentamos, dada la edad de los militares que pudieran ser definitivamente amnistiados, ninguno puede incorporarse al servicio activo en las Fuerzas Armadas. Nadie ignora ni pone en tela de juicio los cuarenta años de servicios de los componentes del actual Ejército, ni tampoco se ignoran sus hojas de servicio, ni sus cursos de ascenso; pero tampoco ignora nadie que los militares profesionales que no fueron rebeldes, y este adjetivo lo emplea el historiador coronel señor Salas Larrazabal, al perder la guerra perdieron sus carreras militares, ya que fueron juzgados, erróneamente según el señor Serrano Súñer, por un delito que no habían cometido, ya que ninguno de ellos se había alzado en armas contra la Constitución del Estado, contra el presidente de la República, etcétera. No obstante, fueron procesados y juzgados con arreglo a los artículos 237 y 238 del entonces Código de Justicia Militar vigente. Es justo valorar cuarenta años de servicios, pero también creemos justo el valorar la tragedia que para otros militares supuso la separación del Ejército al cual habían accedido por vocación y las implicaciones sociales que supusieron duras condenas de privación de libertad e incluso, a veces, la pérdida de la vida.
Militares que cumplieron con su deber
Se dice que en ciertos medios castrenses hay un movimiento de repulsa contra la generosidad de una ley que convierte en militares retirados a aquellos militares que el día 18 de julio de 1936 eran tan miembros del Ejército como los que después fueron vencedores en la contienda civil, y no buscan unas mejoras económicas, que el Tribunal Supremo viene concediendo de un modo casi general al resolver los contenciosos administrativos que vienen produciéndose, sentencias en las cuales se dice que los trienios son años de servicio y que la ley de Amnistía es igual para los funcionarios civiles que para los militares. Insistimos que lo económico se está resolviendo, en contra de lo que opina la Asesoría General del Ministerio de Defensa; los militares separados del servicio quieren también que después de cuarenta años de sufrimiento se les considere de nuevo como militares que cumplieron con su deber. En el informe que comentamos se pregunta en otro párrafo del mismo: "¿También las milicias populares?".
No entramos en juicios de valoración sobre cómo funcionaron las escuelas de guerra en una u otra zona; creemos que queda clara mente explicado en, dos libros fundamentales publicados, el que trata de los alféreces provisionales y el que trata de los tenientes en campaña. No es hora de sacar los servicios profesionales de unos u otros. Lo que no cabe duda, y para que nadie tenga la menor susceptibilidad, es que ninguno de aquellos oficiales del Ejército Popular, que también era Ejército español, no tienen ya edad para incorporarse al servicio activo en las actuales Fuerzas Armadas. Ño tuvieron los oficiales del Ejército Popular ocasión de hacer ningún tipo de curso de transformación, ni siquiera, durante mucho tiempo, concursar u opositar a plazas de la Administración del Estado, provincia o municipio. En cualquier convocatoria de aquella época podía leerse quiénes tenían preferencia y quiénes podían opositar, ya que era preceptivo la presentación del certificado de adhesión al Movimiento Nacional. Comenta el informe de la aludida revista que los alféreces provisionales piensan poner en marcha un movimiento de información y oposición a que se pueda producir la readmisión en el Ejército de los militares posteriores al día 17 de julio de 1936 que prestaron sus ser vicios en el Ejército de la República. Si esta noticia es cierta, creo que produce más pena que otra cosa, ya que.se ha perdido una gran ocasión para que se realizase una auténtica reconciliación entre los españoles. Quizá hubiese sido la gran noticia la petición de la creación de una escala honoraria en las Fuerzas Armadas en la que estuviesen es calafonados juntos los españoles de uno y otro bando, generosidad que traerla una auténtica hermandad y un auténtico final de una guerra que aún nos condiciona. Sería el gran momento en que de jasen de «doblar las campanas, por ti y por mí», como escribiese He mingway en una célebre novela sobre nuestra guerra.
En cuanto a los militares que un día pertenecieron a la autodisuelta UMD, suponemos que después de la sentencia a los implicados en la «operación Galaxia» quizá reconsideraría ahora el teniente general Gutiérrez Mellado el informe que dio sobre el grave peligro que supuso para la disciplina y unidad del Ejército el promover acciones no violentas para que la democracia entrase en los cuarteles. Ya que existe una gran diferencia entre las «charlas de café» de unos y otros militares implicados en tales actos de indisciplína.Generosidad y justicia
Proposiciones como la que comentamos harían innecesarias las acciones individuales ante el Supremo, donde se da la razón a los recurrentes. Se resolvería el problema de los miembros del Cuerpo Auxiliar de la Marina que obedecieron al ministro de Marina de la República, de los miembros de la antigua aeronáutica naval y algún que otro jefe u oficial, a los cuales se les niegan los beneficios de la ley de Amnistía, así como la regulación de sus haberes pasivos, que regula la ley 6/1978, al considerar que el exilio no tenía motivación política y dándoles de baja por abandono de destino e ignorado paradero, cosa que no se ajusta a la realidad de los hechos, ya que, con fecha 5 de diciembre de 1936, se dictó un decreto de la Gobernación General del Estado, firmado por el general Franco, en el cual se cesaba a los funcionarios civiles y militares que prestasen sus servicios en la zona republicana.
En fin, si miramos atrás sin rencor ni ira, podremos estar en condiciones de comprender que generosidad y justicia no son términos incompatibles, que las cosas cambian y que la formación que precisa el militar profesional sobrepasa ampliamente el ámbito de lo técnico, entrando cada vez más en el terreno de lo humano y lo social. Por esa razón, tal proposición de ley, vista desde este nuevo punto de vista, no significa debilidad, sino humana compresión, lo que hace que cada día sea más sólido el bloque pueblo-Ejército. Y por esa razón, cuando se es capaz de superar por las Fuerzas Armadas, situaciones limite, queda claro que se está en condiciones de entender y comprender que todo proceso de maduración y apertura política conlleva ciertos riesgos que es preciso afrontar con tranquilidad y serenidad para que nunca más vuelvan a doblar las campanas por el pueblo español.
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