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La sentencia sobre el patrimonio sindical, en la OIT

El Sindicato Unitario ha presentado ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT la reciente sentencia de la Audiencia Nacional de Madrid relativa a la forma de administrar el Gobierno español el patrimonio sindical de la desaparecida organización verticalista. El secretario general del SU, José Miguel Ibarrola, afirma, en su escrito al comité, que la sentencia es «de excepcional interés para la resolución del caso 900» y que en ella «se condena al Gobierno español (Ministerio de Trabajo) por violar la libertad sindical mediante la cesión discriminada del patrimonio sindical a unas centrales sindicales excluyendo a otras».

El Comité de Libertad Sindical, que entiende de las quejas por el retraso en solucionar el asunto del patrimonio, se encuentra ahora con su doctrina parcialmente ratificada por la Audiencia de Madrid.

En efecto, tanto el comité de la OIT como la Audiencia Nacional coinciden en que la Administración debe facilitar a los sindicatos los locales de la desaparecida Organización Sindical, ya que los sindicatos contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de un sector importante de españoles. Pero la Audiencia matiza el alcance de la entrega del patrimonio.

Primero, afirman los magistrados, «las adscripciones habrán de hacerse bajo modalidad que asegure la titularidad pública, que es tanto como decir», puntualizan, «la titularidad de todos sobre tales bienes». Por tanto, los sindicatos tendrán el usufructo, pero no la propiedad.

En segundo lugar, la Audiencia Nacional exige que las entregas se realicen de acuerdo con lo establecido en una ley, que, como tal, tendrá que aprobarse por las Cortes Generales. «Mediante regladas actuaciones y resoluciones que encuentren en la norma legal su medida», leemos en la sentencia. No cabe, pues, según los entendidos, una simple decisión del Gobierno.

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