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Comisión de Trabajo

Aprobados once nuevos artículos de la ley de Empleo

La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó ayer once nuevos artículos del proyecto de ley básica de Empleo. Entre los artículos aprobados figura el relativo a los casos en los que las infracciones de los empresarios pueden ser consideradas leves, graves y muy graves.Según el artículo 36, se consideran infracciones graves de los empresarios el no solicitar a las oficinas de empleo los trabajadores que necesiten y no entregar al trabajador en el plazo preciso el certificado necesario para tramitar el seguro de desempleo. Entre las faltas muy graves se señala la connivencia para la obtención de prestaciones o eludir el cumplimiento de las obligaciones que les correspondan, así como dar ocupación a trabajadores beneficiarios del seguro de desempleo cuando no se les haya dado de alta en la Seguridad Social. También se especifica como infracción muy grave la simulación de la contratación laboral o la finalidad de obtener o disfrutar fraudulentamente las prestaciones.

El artículo 38 especifica la cuantía de las multas, sanciones en caso de reincidencia y, mediante una enmienda socialista, se establece que el consejo general del Instituto Nacional de Empleo tenga trece representantes de los sindicatos, trece de la parte empresarial y trece de la Administración y la comisión ejecutiva.

El artículo 33, también aprobado, indica que las prestaciones reguladas por esta ley se financiarán ,n un 60% mediante cotización de empresarios y trabajadores, y el otro 40% a cargo del Estado. Se fiará reglamentariamente un tipo único de cotización que se aplicará a la base constituida por las retribuciones del trabajador.

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