Bonificaciones a la contratación de emigrantes retornados
Las empresas que contraten emigrantes retornados al Estado español tendrán derecho a una bonificación consistente en el abono del 50% de las cuotas de la Seguridad Social que correspondan al empresario durante el ejercicio de 1980, según una orden dictada por el Ministerio de Trabajo. Según esta orden ministerial, la bonificación, que correrá a cargo del Fondo Nacional de Protección al Trabajo, coincidirá con el período de tiempo para el que ha sido contratado el trabajador.Las empresas que deseen acogerse al indicado beneficio deberán acudir a la correspondiente oficina de empleo, formulando oferta de trabajo, que podrá ser nominativa o genérica.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.