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Campaña para el referéndum andaluz

Limitada la propaganda de los partidos políticos en los periódicos estatales

El Boletín Oficial del Estado publicó ayer, veinticuatro horas después de iniciada la campaña del referéndum de autonomía de Andalucía, las normas complementarias de la misma, que afectan a los espacios gratuitos en los medios de comunicación estatales, a la composición del comité de prensa, radio y televisión encargado de la distribución de los mismos, a la declaración de inhábil a efectos docentes y de protestos de la jornada del 28 de febrero en toda Andalucía, a las facilidades a los trabajadores para participar en la consulta y, finalmente, al contenido y formato de las papeletas de votación.Del contenido de las normas se desprenden algunas diferencias respecto al comportamiento de los medios de comunicación estatales en las campañas de los referendos vasco y catalán, que pueden significar limitaciones al ejercicio de la propaganda por parte de los partidos políticos. Estas limitaciones afectan solamente a la propaganda en los periódicos estatales, ya que tanto en radio como en televisión el número de días y de espacios por día son idénticos a los casos vasco y catalán. Si bien los presidentes de la Generalidad y del Consejo General Vasco tuvieron acceso a la programación de Televisión Española, desde donde abogaron por el sí, oportunidad que no se contempla para el presidente de la Junta de Andalucía.

Radio Nacional de España ofrecerá a los partidos políticos tres espacios diarios, de cinco minutos de duración, entre los días 16 y 26, excepto sábados y domingos. Las emisoras de Radio Cadena Española, de considerable audiencia en Andalucía, conectarán con RNE para difundir estos espacios. Televisión Española ofrecera en estos mismos días un espacio diario de diez minutos en su programación regional. Teniendo en cuenta que en este período de tiempo hay los sábados y dos domingos, la propaganda a través de estos medios se reducirá a siete días, al igual que en los referendos vasco y catalán. Como en éstos, a las emisoras de la CAR le está prohibida la contratación de publicidad con los partidos políticos.

En esta ocasión, a diferencia de las dos anteriores, se ofrecen espacios gratuitos a los partidos con representación parlamentaria, en los periódicos de los Medios de Comunicación Social del Estado, pero se les prohíbe que contraten publicidad sobre la consulta. Este hecho va a significar una seria limitación para los partidos políticos, ya que contarán con un espacio diario de un cuarto de página, pero solamente durante cinco días, ya que, además de los sábados y domingos, en que se les excusa de la obligación de insertar los espacios propagandísticos, los lunes no salen los periódicos estatales. De esta manera, a cambio de cinco días, de un espacio limitado gratuito, los partidos no podrán hacer propaganda el resto de la campaña, cosa que sí sucedió en los referendos vasco y catalán.

De esta manera se le cierra la posibilidad de hacer campana institucional a la Junta de Andalucía, ya que no tiene derecho a los espacios gratuitos y tampoco podrá contratar espacios en los periódicos estatales, que son los únicos que existen en cuatro provincias: Jaén, Córdoba, Huelva y Almería.

Existe, por otra parte, una llamativa diferencia en la redacción de las normas que regulan la consulta andaluza respecto a las que afectaban a los referendos antes citados. Tanto en el caso vasco como en el catalán, los términos autonomía, País Vasco y Cataluña aparecían ya en el propio enunciado de los reales decretos. En este caso, los legisladores han mostrado una extraordinaria habilidad en evitar los términos autonomía y Andalucía a lo largo del extenso real decreto, la menos extensa orden ministerial y la breve resolución de la Dirección General de Política Interior. Solamente una vez aparece Andalucía, y ello porque el decreto menciona a la Junta de Andalucía.

Igual cuidado se muestra en la redacción de las papeletas de voto, en cuyo texto, de 42 palabras, no se ha dado cabida a ambos términos. En lugar de referirse a Andalucía, los textos legales optan por enumerar a las ocho provincias.

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