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Situación jurídica de una obra disputada

Tres son los aspectos principales de la maraña jurídica e histórica que rodea al famoso Guernica, de Picasso: la propiedad del cuadro, las condiciones políticas exigidas por el autor en su día para la instalación del mismo en España y, por último, su lugar de ubicación.En cuanto al primer punto, hoy parece claro que el Guernica nunca fue propiedad del Estado español y que, por tanto, en la actualidad pertenece a los herederos del pintor, representados por el abogado francés Roland Dumas. Ello sería así aún si existiera recibo de los 150.000 francos entregados a Picasso por Max Aub cuando éste era agregado cultural de la embajada española en París, en 1937. Dicha suma, según cuenta el mismo Max Aub en una carta a Josep Renau, le fue donada en concepto de compensación por los gastos materiales de la obra, que la República había encargado a Picasso para la Exposición Internacional de París de julio de 1937, y con la condición explícita de que el cuadro siguiera siendo suyo. Pero si el famoso cuadro no perteneció nunca, jurídicamente hablando, al Estado español, sí es verdad, en cambio, que Picasso hizo pública donación del mismo al pueblo español, verbalmente y por escrito, pero condicionando su transferencia definitiva a nuestro país al cumplimiento de determinadas condiciones políticas. Cuando estalló la segunda guerra mundial, Picasso decidió, por motivos de seguridad, la instalación del Guernica en el Museo de Arte Moderno de Nueva York en calidad de depósito. Durante muchos años, al lado del cuadro figuró la inscripción: «Bajo préstamo del pueblo de España.»

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En cuanto al contenido de las cláusulas de la donación picassiana existe cierta polémica sobre su contenido preciso. El punto álgido estaría en definir si la voluntad del autor fue la de que era necesario el restablecimiento de la legalidad republicana para que el cuadro volviese a España o si las condiciones democráticas actuales se avendrían de lleno al espíritu del documento redactado por Picasso. Esta parece ser en la actualidad la postura del abogado señor Dumas, considerando además la consolidación del proceso político tras dos elecciones generales y la aprobación de la Constitución, consolidación que ya el propio Picasso preveía conveniente como precaución, ante la posibilidad de una vuelta atrás. Así pues, en la actualidad es el pueblo español el legítimo destinatario del Guernica de Picasso, pero son los herederos del pintor y, en su nombre, Roland Dumas, por un lado, y William S. Robin, director del Museo de Arte Moderno de Nueva York, por otro, los destinatarios lógicos de todas las solicitudes de traslado de la obra más famosa del siglo XX, y son los parlamentarios, representantes legítimos del pueblo español, los que deben solicitar formalmente que el Guernica venga definitivamente a España.

Por último está el problema del lugar de ubicación. En el documento de Picasso parece ser que se establece que el cuadro sea colgado en el Museo del Prado, si bien también en este punto hay testimonios contradictorios. Si efectivamente tal condición figura en el documento, va a ser muy difícil que el Guernica figure en la propia villa vizcaína, en Barcelona, en Málaga o en el Museo de Arte Contemporáneo de Madrid sin grave quebranto de la voluntad del artista.

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