Busquets denuncia retrasos en la amnistía a militares republicanos
Retrasos en la aplicación efectiva de la amnistía a militares republicanos, la posibilidad de que en casos se produzcan pérdidas en los haberes hasta ahora percibidos y marginación de sus beneficios a guardia civiles y carabineros, fueron los principales puntos expuestos a EL PAIS por el comandante retirado de Estado Mayor y actual diputado socialista, Julio Busquets, quien asimismo manifestó que «con la forma en que se aplica la amnistía a los militares republicanos se contradice con la letra y, desde luego, el espíritu de la ley».El diputado socialista exhibió una abundante y detallada información, relativa a un número considerable de casos concretos, que van desde antiguos oficiales del Ejército que se mantuvieron fieles a la República hasta guardias civiles y miembros del desaparecido Cuerpo de Carabineros.
En un caso, a título de ejemplo, y pese a la presentación de cuatro instancias, a lo largo de dieciséis meses, aún no aparece una solución, pese a que el real decreto de 6 de marzo de 1978, extendiendo los beneficios de la amnistía al personal militar y dando derecho a haberes pasivos para los militares republicanos, determina en su artículo tercero que los expedientes se tramitarán con la mayor celeridad.
Otro orden de problemas lo constituye la posibilidad real de que algunos militares depurados por razones políticas poco después de la guerra civil vean disminuido el importe de su retiro como consecuencia de la aplicación del real decreto de amnistía.
Resulta, en efecto, que a principios de los cuarenta se separó del Ejército a algunos militares, como consecuencia de una mera frialdad o pasividad ante la rebelión del 18 de julio y pese a que después hubiesen hecho la guerra en el ejército vencedor. Dichos militares fueron obligados entonces, cuando ya hacía años que había finalizado la guerra, a pasar a situación de retiro, percibiendo desde aquellas fechas el 90% del sueldo que correspondía a su grado militar.
Estos militares se vieron beneficiados por la amnistía, en el sentido que, sin salir de su situación de retiro, se vieron ascendidos al grado que les hubiese correspondido por edad, de haber continuado en servicio activo. Pero, ahora, en cuanto a percepción de haberes pasivos, lo que fue un beneficio -y sin duda el legislador deseaba que fuese un beneficio- puede traducirse, y de hecho se traduce, en un perjuicio.
Sucede que, de cobrar el 90 % del sueldo correspondiente al cargo del retiro forzoso, los afectados pasan a cobrar el 30%, 60% ó 90% del sueldo de su nuevo grado, en función de si sus años de servicio son inferiores a los diez, de diez a veinte o bien su superiores a los veinte, respectivamente, con la particularidad de que sólo se les computa el tiempo servido antes del 18 de julio de 1936.
Por este mecanismo legal, un capitán retirado forzoso, por razones políticas por Franco, pasa a ser un coronel retirado, gracias a la amnistía, pero con un retiro sensiblemente inferior al que percibía anteriormente. Reciben, pues, un reconocimiento honorífico teórico, ya que nunca salen de su situación de total retiro, pero en el terreno económico quedan sensiblemente perjudicados.
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