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UCD acepta la primera enmienda comunista al Estatuto de los Trabajadores

Por primera vez en los debates del proyecto de ley del Estatuto de los Trabajadores ha sido aceptada una enmienda comunista, aunque la misma -que corresponde a un apartado de una enmienda a la totalidad al articulo 39- fue sometida a votación contra la voluntad del propio Marcelino Camacho, representante de este grupo en la Comisión de Trabajo, que pidió constara su protesta en acta. También fueron aceptadas dos enmiendas del diputado Bandrés, de Euskadiko Ezkerra, una de ellas en ausencia del mismo, en una sesión en la que se aprobaron seis nuevos artículos.

El fin de semana -según un diputado centrista, el retraso en el inicio de la sesión del viernes fue pactado para no llegar en ese día al examen de los artículos referentes a movilidad, aunque un socialista negó, sin embargo, este extremo- parece haber imprimido cierta urgencia a los parlamentarios y una mayor flexibilidad al Grupo Centrista para asumir enmiendas de los grupos minoritarios (Bandrés y PCE, por ejemplo) muy seleccionadas.Al inicio de la sesión se examinó el artículo 37, relativo a movilidad funcional dentro de la empresa. La movilidad, según el texto del proyecto -fueron derrotadas de forma sucesiva todas las enmiendas presentadas por la oposición- «no tendrá otras limitaciones que las exigidas por las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y la pertenencia al grupo profesional».

En el artículo siguiente, que regula la movilidad geográfica, se aceptó una enmienda de la propia UCD al primer punto, al que se añadió otra enmienda de Bandrés (la que se aprobó en su ausencia), en la que se incluye el informe favorable de los representantes legales de los trabajadores cuando la movilidad exija cambio de residencia. La movilidad geográfica puede hacerse, según el texto aprobado, «por razones técnicas, organizativas o productivas que lo justifiquen, o bien contrataciones requeridas a la actividad empresarial y la autoridad laboral lo permita». La enmienda de UCD en relación al texto del Gobierno, contempla los casos de trabajadores móviles o itinerantes e introduce la interpretación del silencio administrativo en un sentido positivo para que el formulismo no entorpezca la iniciativa empresarial. La izquierda criticó severamente al partido del Gobierno por introducir semejante interpretación del silencio administrativo, que va en contra de la tradición de nuestro derecho administrativo -dijo Aguilar, del PSA- e introduce un elemento peligroso en la legislación laboral.

Los socialistas, en este artículo, intentaron que se dieran facilidades -en aras de la unidad familiar- al cónyuge del trabajador trasladado para que si su empresa dispone de centro en aquella localidad fuera también trasladado él. UCD se opuso porque la ley no podía obligar a un tercer empresario por causa de la movilidad geográfica de una empresa diferente. Castellano, del PSOE, dijo que era prioritario la defensa de la familia, que así estaba recogida en la Constitución, y que el no incluir la enmienda de su grupo suponía violentar el espíritu de la Constitución.

En este artículo se aprobaron agrupadas dos enmiendas de adición, una de Bandrés y una del Grupo Andalucista, en el sentido de que los representantes legales de los trabajadores tendrán prioridad -en el supuesto de movilidad geográfica- para permanecer en su puesto.

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La izquierda comunista

«Si esto continúa siendo una tomadura de pelo a los parlamentarios, nos vamos a ver obligados a reconsiderar nuestra actitud en esta comisión. Respetamos los votos, pero lo que está sucediendo aquí es muy grave, y no podemos aceptarlo. UCD aprueba enmiendas que consisten en cambiar una palabra -restricción por extinción-, o apartados de mínimo contenido, en tanto que las modificaciones de fondo son sistemáticamente derrotadas», afirmó Marcelino Camacho, secretario general de CCOO y diputado del Grupo Comunista, en la explicación de voto sobre el artículo 39, al que su grupo había prestado enmienda a la totalidad.

Esta enmienda, según interpretación del presidente de la comisión, Martín Oviedo, que fue apoyada en todo momento por el Grupo Centrista y por el Grupo Socialista, se puso a votación de forma parcelada pese a la oposición de Marcelino Camacho, que exigía su consideración globalizada como texto alternativo al artículo. Mediante la votación por apartados, a la que se procedió con la protesta en acta a petición de Camacho, se introdujo como una modificación sustancial más de las condiciones de trabajo (jornada, horario, turnos y remuneración) «las relativas a sistemas de trabaio y producción». Eso fue todo lo que se aprobó de la extensa enmienda del PCE. Este grupo exigía, como condición previa a la modificación por el empresario de las condiciones de trabajo, el acuerdo de los representantes legales de los trabajadores y remitía a los tribunales dependientes del Instituto de Mediación y Arbitraje la resolución de los casos en que no hubiera acuerdo entre empresario y trabajadores.

Los socialistas, en la explicación de voto, afirmaron que lo aceptado al PCE, por poco que fuera, era una mejora sustancial por cuanto ampliaba las garantías de los trabajadores ante la movilidad. «La izquierda no puede permitirse el lujo de rechazar una oportunidad en este sentido y mucho menos por motivos políticos. »

A los socialistas, sin embargo, les fue derrotada por UCD -también en este artículo- una enmienda en que trataban de aumentar las indemnizaciones a los trabajadores afectados por el cambio de condiciones de trabajo. El texto del Gobierno, que se impuso con los votos centristas, recoge una indemnización de «veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año, y con un máximo de nueve meses». Los socialistas pretendieron infructuosamente que la indemnización fuera de treinta días por año y que el máximo fuera doce meses, lo cual se ajustaba más a la situación vigente.

Pérez M¡yares, el portavoz ucedista, volvió a recordar la coherencia de su grupo. «Tenemos la obligación de defender el texto del Gobierno y de ser responsables en nuestras posturas. Nosotros también, si tuviéramos la seguridad de que nuestras enmiendas iban a ser derrotadas, pediríamos indemnizaciones no de treinta días, sino de 180, pero somos responsables y no podemos hacerlo, aunque nuestra postura, en principio, resulte menos atractiva. »

La responsabilidad empresarial en caso de subcontrata de obras o servicios, regulada por el artículo 40, quedó aprobada tal y como la redactó el Gobierno. Diversas enmiendas presentadas por la Minoría Catalana, Grupo parlamentario Comunista y Coalición Democrática no prosperaron.

Según el anteproyecto, el empresario deberá exigir al contratista garantías por escrito de que se encuentra al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social; para ello se le concede un plazo de quince días. Transcurrido este plazo, el empresario principal responderá solidariamente, durante un año, de las obligaciones de naturaleza salarial contraídas por los subcontratistas y de las referidas a la Seguridad Social durante el período de vigencia de la contrata.

Cesión de trabajadores

El Estatuto de los Trabajadores prohíbe en su artículo 41, que fue aprobado con sólo un pequeña modificación a propuesta del PSA, «el reclutamiento y contratación de trabajadores con el fin de cederlos o prestarlos temporalmente a un empresario cualesquiera que sean los títulos de dicho tráfico de mano de obra, así como la utilización de los servicios de dichos trabajadores sin incorporarlos a la plantifta de la empresa en que trabajen ».

En caso de infracción, los trabajadores podrán elegir su paso a fijos en la empresa cedente o cesionaria, y las empresas responderán solidariamente de las obligaciones y responsabilidades, incluso de índole penal, que puedan derivarse de la infracción.

Finalmente, en el artículo 41, se aprobó que el cambio de titularidad de una empresa «no extinguirá por sí mismo la relación laboral». En este artículo se llegó a una fórmula transaccional entre UCD y PSOE, aunque el texto aprobado es prácticamente el del Gobierno.

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