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Distensión en el dictamen de temas clave del proyecto de ley del Estatuto de los Trabajadores

Un total de doce artículos -seis más que en la jornada anterior- fueron dictaminados ayer por la Comisión de Trabajo que debate el proyecto de ley del Estatuto de los Trabajadores. Temas de gran importancia, como el salario, la jornada laboral, las horas extraordinarias o el salario mínimo, fueron aprobados en un clima de distensión que contrastó fuertemente con el de sesiones anteriores. UCD, que continuó imponiendo sus criterios en la mayoría de los temas, aceptó, sin embargo, varias enmiendas de la oposición.

Los enfrentamientos dialécticos, que fueron frecuentes, no revistieron en ningún momento la gravedad de días anteriores. La izquierda, empleó mucho más tiempo en sus intervenciones para explicar su voto que en la defensa de las enmiendas derrotadas que lo habían precedido. El desarrollo de los debates mejoró, aunque en tres ocasiones hubo confusión en el recuento de votos, y en una de ellas se produjo una pregunta de Vida Soria, el portavoz del PSOE, al presidente accidental de la Comisión sobre el número de diputados que estaban votando por UCD de acuerdo a los que les correspondía. Se aclaró al señor Vida que el presidente, en su condición de diputado, podía ser sustituido y que, por tanto, los diecisiete votos centristas eran correctos. Ni el señor Vida ni el presidente accidental, el centrista Berenguer, repararon sin embargo en que en un artículo anterior, el 31 exactamente, se habían contabilizado, según comprobaron los periodistas en sus notas, dieciocho votos ucedistas.Por otra parte, Manuel Chaves aclaró que en la jornada anterior se había referido a la posibilidad de apoyar en el Pleno del Congreso una enmienda a la totalidad del PCE, y no a la revitalización de ninguna del Grupo Socialista, ya que no la habían presentado en su momento.

Tope a las percepciones por antigüedad

Se inició la sesión con el examen de los artículos 22 y 23, referentes a ascensos y promoción económica. En el artículo relativo a ascensos fueron derrotadas seis enmiendas de la oposición, aunque el texto del proyecto fue modificado -con la abstención de la izquierda- por la propia UCD. La modificación se circunscribe a la eliminación de una referencia a las vacantes.

En el artículo siguiente, que no fue modificado, se contempla una limitación a las percepciones por antigüedad. La acumulación de los incrementos por este concepto -dice el texto del Gobierno- «no podrá, en ningún caso, suponer más del 10% a los cinco años, del 25% a los quince años, del 40% a los veinte años y del 65%, como máximo, a los veinticinco o más años». El límite que pone el Estatuto de los Trabajadores a estos incrementos, que se calculan sobre el salario base, es inferior al que está en vigor en muchas empresas y supone una discriminación para los trabajadores en general, según los socialistas, con respecto a los funcionarios.

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No se consultará a los sindicatos sobre salario mínimo

Los temas salariales, que por su repercusión aparecían entre los artículos más conflictivos del Estatuto, se dictaminaron con algunos enfrentamientos verbales entre el partido del Gobierno, que impuso en todo momento sus tesis, y la oposición, pero en un clima mucho más distendido, en líneas generales, que el que reinó la víspera en la Comisión de Trabajo, a pesar de que ayer los temas a tratar tenían una importancia fundamental.

En el artículo 24, referente al salario, el proyecto de ley sufrió dos mínimas mejoras de carácter técnico a propuestas del PSOE y UCD. La discusión mayor se produjo en el examen del apartado tercero del mencionado artículo, que dice: «Todas las cargas fiscales y de seguridad social a cargo del trabajador serán satisfechas por él mismo, siendo nulo todo pacto en contrario.» La izquierda, que en distintas enmiendas que no prosperaron pretendía la desaparición de la prohibición expresa a un pacto trabajador-empresario sobre el pago de la Seguridad Social, acusó a UCD de limitar la autonomía de las partes (socialistas) y de «perjudicar a muchos trabajadores que ya tienen pactado el pago de la Seguridad Social a cargo de la empresa (Bandrés).

El punto más conflictivo, sin embargo, una enmienda de UCD en que se proponía la adición de un apartado nuevo que puede suponer la introducción del salario/ hora, fue superado al posponerse la discusión del mismo a artículos posteriores.

En cuanto al salario mínimo, todas las enmiendas presentadas fueron derrotadas por UCD. La mayoría proponían la intervención de los sindicatos en la fijación de la cuantía del salario mínimo, que ésta se hiciera semestralmente y en base a varios conceptos (no sólo el índice de precios al consumo).

En el artículo 27, relativo a la liquidación y pago del salario, todos los partidos de izquierda asumieron una enmienda de Coalición Democrática, que estimaron muy progresiva y que finalmente no prosperó por la oposición del partido del Gobierno. La enmienda proponía que la retribución a comisión «en ningún caso eximirá el pago del salario mínimo». Senillosa, en la defensa de la misma, afirmó que muchas de las enmiendas de su grupo tenían por objetivo beneficiar a los trabajadores y eran progresivas.

Posibilidad de prorrateo en las pagas extraordinarias

Las pagas extraordinarias por acuerdo de convenio colectivo podrán prorratearse en doce mensualidades, según una enmienda de UCD al artículo 29 del proyecto. El partido del Gobierno derrotó, en este apartado, las diferentes enmiendas de la izquierda, que pretendían que las pagas extraordinarias equivalieran a treinta días de salario cada una de ellas. El PSOE, por otra parte, propuso, sin conseguirlo, la supresión del apartado segundo de este artículo, «por entender que es meramente informativo y no aporta nada o que su redacción equívoca trata de introducir de forma solapada el concepto de salario/hora».

«La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o en los contratos individuales de trabajo», según el texto del apartado primero del artículo 32 del proyecto de ley. Los socialistas, previa concesión a un cambio terminológico, lograron añadir con los votos de UCD que «en ningún caso se podrán realizar más de nueve horas ordinarias de trabajo efectivo. En todo caso, entre el final de la jornada y el comienzo de la siguiente mediarán como mínimo doce horas».

Punto clave en este artículo era la fijación de la duración máxima de la . jornada de trabajo. El texto del proyecto, que es el que se impuso con los votos de UCD, la fija en 43 horas semanales en jornada partida y en 42 para los casos de jornada continuada, lo que supone reducir en una hora la regulación actual. El PSOE, en una enmienda, propuso cuarenta horas y 39 horas para los mismos supuestos. El PCE, por su parte, defendió la fijación de la jornada en 43 horas semanales y 35 para los trabajos penosos, nocivos o peligrosos. Coalición Democrática propuso que continuaran las 44 horas semanales y 42 y media para casos de jornada partida. El diputado Bandrés y el Grupo Andalucista, en enmiendas diferentes, propusieron una jornada de cuarenta horas y de 38 para la jornada continuada.

Otro punto que produjo una gran controversia fue el tercero de este artículo que, en el proyecto, fija que el tiempo de trabajo «se computará de modo que, tanto al comienzo como al final de la jornada diaria, el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo y dedicado a él». Vida Soria, argumentando en pro de la supresión del mismo, afirmó que su aprobación suponía cercenar una de las reivindicaciones que plantean hoy los trabajadores: el tiempo que pierden en desplazarse de su domicilio al puesto de trabajo, que no se les abona, y que en Madrid, dijo, puede alcanzar una media de una hora u hora y media por trabajador. Se refirió, asimismo, más allá de los inconvenientes que plantea este párrafo para los trabajadores del sector industrial, a los casos del sector primario, donde la posible ampliación de jornada, merced a esta disposición, parece clara. Los planteamientos de las demás fuerzas de izquierda insistieron en parecidos argumentos. Bandrés, sin embargo, añadió a los mismos uno más. «Tras de este apartado late el tema de la puntualidad y el fantasma del posible despido por reiteradas faltas a este precepto, así como la ampliación de jornada. Nosotros, los señores diputados, nos estamos concediendo en estos debates un tiempo de cortesía que llega, como hoy, hasta los 30 ó 45 minutos. Retraso con el que empezamos las sesiones. Sería un acto de audacia inconcebible exigir a los trabajadores lo que nosotros somos incapaces de cumplir. » El texto del proyecto, sin embargo, volvió a imponerse con los votos centristas.

En las explicaciones de voto, la izquierda, en el tema de la duración de la jornada laboral, fue especialmente dura con UCD y con el proyecto de ley. Pérez Miyares, el portavoz de UCD, probablemente en la intervención más brillante que ha tenido en todo el debate, argumentó que el Estatuto lo único que hace es fijar los mínimos y que es misión de los partidos de izquierda, a través de los sindicatos, el conseguir reducir la mencionada jornada en convenios.

Se aprobó, finalmente, tal y como aparece en el proyecto, el artículo 33, que regula las horas extraordinarias. Las horas extraordinarias no podrán ser más de dos al día, quince al mes y cien al año, y se abonarán con un incremento nunca inferior al 75% sobre la hora ordinaria.

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