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La Alhambra y el Generalife, protegidos contra "atentados" urbanísticos

Un real decreto por el que se determinan, a efectos urbanísticos, el recinto y la zona de protección especial del conjunto histórico-artístico - monumental de la Alhambra y el Generalife acaba de entrar en vigor, tras su correspondiente publicación en el Boletín Oficial del Estado, a instancias del Ministerio de Cultura.Aparte de contemplar, en su artículo primero, la delimitación exacta del recinto monumental de la Alhambra y el Generalife -oficialmente aprobada por vez primera en 1929 y rectificada más tarde, en 196 -, el real decreto ahora publicado define, asimismo, con claridad la zona de protección especial paisajístíca del entorno.

El decreto determina, en su artículo tercero, que toda clase de licencias que sean solicitadas dentro del recinto monumental o del perímetro adjunto de protección, aunque se tramiten por el procedimiento establecido en la ley de Régimen Local, deberán someterse al criterio del Patronato de la Alhambra y el Generalife, cuyo informe, en caso de ser denegatorio de la licencia o de imponer modificaciones al proyecto, tendrá carácter vinculante, tanto para la Comisión Provincial de Urbanismo como para el Ayuntamiento.

Como quiera que en la zona de protección especial se encuentran incluidos dos de los casos urbanísticos más polémicos de los últimos años en Granada, el Carmen de los Mártires y el nuevo edificio de los Juzgados, el futuro de ambos expedientes pasará ahora a competencia del Patronato de la Alhambra, organismo autónomo de carácter administrativo, cuyo reglamento acaba de ser también aprobado por otro real decreto, igualmente promovido por el Ministerio de Cultura.

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