_
_
_
_
_
Tribuna:
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Menos peculiaridades

Los acuerdos establecidos entre las centrales sindicales y el Instituto Nacional de Previsión, referidos a las relaciones laborales de un colectivo tan complejo como el de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, constituyen un jalón importante en la historia de la negociación laboral. Así de serio es el alcance de los acuerdos establecidos entre la patronal que representa, aunque de manera interina, el INP, y los sindicatos y otras representaciones de los trabajadores de un sector regido mediante estatuto y, por tanto, a caballo entre el funcionariado y el trabajador del sector privado.No obstante, tanto o más que importante y serio, el acuerdo suscrito es sumamente frágil, y ello por la propia debilidad representativa de las partes que lo han establecido. De una parte, el INP, entidad gestora de la Seguridad Social, que, desde que en diciembre último se iniciara la reforma de su estructura mediante decreto, viene actuando de manera interina, ya que el nuevo sistema ideado por UCD prescinde de tan histórico complejo gestor.

Por cuanto hace referencia a los interlocutores que representan a los trabajadores, desde las centrales de clase -entre las que no ha existido unanimidad a la hora de firmar los acuerdos- hasta las organizaciones corporativistas, como los sindicatos médicos libres, pasando por las formaciones autocalificadas de independientes, ninguna de ellas puede sentirse satisfecha de su auténtica representatividad, como lo demostró la reciente huelga, impulsada por él asambleísmo al que se entregaron los trabajadores, desoyendo los llamamientos a la normalidad formulados por las diversas siglas.

Una vez encuadrada operativamente la importancia del acuerdo que comentamos, hay que afirmar que su contenido constituye un serio precedente en la negociación colectiva. No sólo porque ésta es la primera vez que los responsables de la Seguridad Social -sin duda, hubiera sido más sintomático poder reseñar como firmante de los acuerdos por parte de la Administración al también interino ministro de Sanidad y Seguridad Social, señor Sánchez de León, de quien es proverbial su rechazo casi visceral al tema sindical- han descendido al terreno de la realidad y se han sentado a negociar con los únicos (por eso en esta ocasión fueron todos) interlocutores válidos.

Además de por esta circunstancia, los acuerdos son importantes y su cumplimiento puede ser trascendental para las relaciones laborales a nivel general de la producción por el carácter de pacto (con lo que esta palabra supone de renuncia y aceptación) que se da a aspectos sometidos a la legislación laboral.

De esta manera, la regulación de la huelga en los hospitales que se ha pactado entre la Administración -el INP, en primera instancia, y el Ministerio de Sanidad y Seguridad, en el que orgánicamente se encuadra esta entidad gestora, forman parte del Ejecutivo- y algunas centrales sindicales (sin duda por ello, CCOO no ha suscrito esta parte de los acuerdos, negándose a sustituir al Legislativo, con independencia de otras razones nacidas de la estrategia de esta central) supone un adelanto, que habrá de sentar precedente, de la legislación a que dará lugar el desarrollo del derecho constitucional a la huelga.

De otra parte, el reconocimiento por parte de la Seguridad Social de las secciones sindicales, que en el campo de la iniciativa privada ya cuentan con su propia historia, supone, además de otro síntoma de normalización laboral en este sector, un primer paso hacia el desarrollo e implantación de los sindicatos en un colectivo que no ha de tener otra peculiaridad que el reconocimiento de la importante labor social y humanitaria, que es consustancial a la asistencia sanitaria.

En este sentido, parece que la última peculiaridad que caracteriza a los trabajadores sanitarios que secundaron la huelga del pasado mes ha consistido en que no les sean descontados los días de huelga en que participaron. De esta manera, el INP ha dejado de ingresar en sus mermadas arcas -las mismas que no cuentan con fondos suficientes para que los MIR concluyan su ciclo formativo en los hospitales y, consecuentemente, sea necesario reducir el número de médicos que trabajan en los mismos- casi cien millones de pesetas, importe de los días dejados de trabajar por quienes secundaron la referida huelga.

Al parecer, esta renuncia al uso de la ley por parte de la Administración era condición imprescindible para lograr el acuerdo alcanzado finalmente. Según parece, si a los huelguistas de los hospitales se les hubiera aplicado la ley que se aplica a los trabajadores del sector privado, hubiera vuelto la conflictividad laboral al sector. Por ello, y como parte de la negociación, el INP les ha perdonado, al tiempo que las centrales han reconocido por escrito que la próxima huelga será tratada por vía legal también en el aspecto económico.

Así pues, es de esperar que las peculiaridades de uno y otro signo hayan desaparecido definitivamente de las relaciones laborales en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social. Este colectivo -que debiera decidir, cuanto antes y en las urnas, quiénes son sus auténticos representantes- cuenta ya con una normativa que abarca desde la regulación de la huelga hasta el derecho de reunión. Los trabajadores tienen reconocidos sus derechos como tales, y la empresa, los suyos. Resta su aplicación.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_