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Cinco empresas cementeras, condenadas por el Tribunal de Defensa de la Competencia

El Tribunal de Defensa de la Competencia acaba de hacer pública una sentencia, según la cual declara la existencia de una práctica prohibida por la vigente ley de Defensa de la Competencia y de la que son autoras las empresas Compañía General de AIsfaltos Portland Asland, Cementos del Atlántico, Sociedad Financiera y Minera y Cementos Alba.La citada práctica prohibida consistía «en haber introducido mediante concierto de voluntades un componente rígido del precio final o de venta, componente que ha sido objeto de una elevación de cuantía igual para todas las partes».

El citado tribunal intima en su sentencia -de mediados de febrero- a las citadas empresas para que cesen en la realización de dicha práctica con los apercibimientos legales correspondientes. Este tribunal había abierto un expediente a las cuatro empresas cementeras por denuncia formulada por el Grupo Autónomo Sevillano de Constructores de Obras.

Puesta al habla Comtelsa con un portavoz de la Compañía General de Asfaltos Portland Asland, señala que esta firma está dispuesto a recurrir contra dicha sentencia.

Las restantes cementeras -según las mismas fuentes- estudian actualmente si acudirán o no a recurso.

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