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El Consejo del País Valenciano quiere acelerar el proceso autonómico

El Consejo del País Valenciano ha elaborado una declaración política para recabar el apoyo de los futuros ayuntamientos y diputaciones que salgan elegidos en las primeras elecciones democráticas del 3 de abril, por necesitar su respaldo en la consecución del proceso autonómico valenciano, de acuerdo a la vía del artículo 151 de la Constitución, que supone una aceleración de dicho proceso.El Consejo valenciano ha escogido el camino más dificil, pero que permitirá, sin embargo, las máximas competencias posibles de autogobierno. Según esta vía, el ente preautonómico sustituye la inicitiva que el apartado dos del artículo 143 atribuye a las diputaciones, en lo que se refiere al comienzo del proceso autonómico.

El boicot de las diputaciones contra el Consejo ha sido uno de los principales obstáculos de la preautonomía valenciana. Los conflictos surgieron desde los reductos franquistas de las corporaciones provinciales, que consideraron incompatible la pervivencia de la provincia con la estructura autonómica. El Consejo, con su declaración, reconoce el valor de la provincia, adelantándose a posibles interferencias de las futuras corporaciones, de cuya composición política no se pueden adelantar previsiones y que podrían afectar gravemente a la vía elegida por el actual autogobierno valenciano, en el que la izquierda es mayoritaria. «La provincia representa un nivel básico en la configuración del país -destaca la declaración-, así como una instancia coordinadora de los municipios y comarcas que la integran, nunca un intento de división de la unidad cultural y humana o de fractura de su territorio o, lo que es peor, de dar lugar a un triple control provincial sobre nuestro País Valenciano, entregando los intereses provinciales a la fiscalización de la Administración central». El Consejo estima que a quien más compete y obliga defender las provincias del País Valenciano es precisamente a él mismo, sustituyendo a la Administración central, que ha venido desempeñando una función de tutela, propia de un Estado centralista o gendarme y, naturalmente, no propiciadora de sus autonomías.

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