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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Profesorado mercantil

A propósito de las manifestaciones sobre el mayor o menor nivel de los estudios de profesorado mercantil, así como las distintas consideraciones que sobre una posible reconsideración de las enseñanzas técnico-mercantiles hacen los que, de alguna manera, debieran estar interesados en apoyar la creación de una carrera de técnicos superiores en contabilidad y administración de empresas, como existe en países de avanzada tecnología de gestión empresarial, le manifiesto lo que es conveniente que se sepa para dejar las cosas en su sitio: 1.º Por ley del 17-7-53 sobre ordenación de enseñanzas económicas y comerciales se les privó a los peritos mercantiles del acceso a su grado superior de intendente mercantil o actuario de seguros, repartiéndose las correspondientes asignaturas entre perito mercantil y ciencias económicas, con lo que se prestó a esta última una salida hacia la empresa, que no tenla, creándose la injusta competencia de derechos que dura hasta nuestros días; para compensar este atropello, por ley del 22-12-55, artículo 4.º, se reconoce a los peritos mercantiles el grado superior en contabilidad y administración de empresas, disposición que será inoperante, como lo demostraron ciertos casos con funcionarios de empresas públicas. 2.º Por el decreto 2932/75 se sentencia de muerte la carrera en un plazo de cinco años, sin que se les integre en las nuevas enseñanzas de ciencias empresariales (diplomados y licenciados), que, ya esta vez, han conseguido para sí todas las asignaturas que constituían el plan de estudios impartidos en las escuelas de altos estudios mercantiles de España, eso sí, con la conipensación de permitir a los peritos mercantiles, con reválida aprobada, mediante un curso de 33 unidades o asignaturas, acceder a un título equivalente a aquel que en 1953 se les usurpó para dar mayor eficacia profesional a los licenciados en económicas de aquel entonces. 3.º Seis años de carrera después de un bachiller elemental (decreto del 16-3-56, artículo 1.º) no deben ser anulados como algo viejo e inservible, lo coherente hubiese sido no destruir lo que existía, sino remodelar la carrera, potenciándola con nuevas unidades didácticas, pero esto es sólo responsabilidad del Ministerio de Educación y Ciencia, que debería pronunciarse sobre el tema y solucionar los problemas creados a dos profesiones que han sido víctimas de los errores de enfoque de dos carreras distintas.

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