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Consejo de Ministros

Pensiones a mutilados de la guerra civil y familiares de los fallecidos

Además de la declaración sobre los recientes incidentes de carácter militar y de la prohibición del uso de la bandera nacional con fines partidistas (véase página 11), el Gobierno aprobó ayer la concesión de pensiones a mutilados de la guerra civil y familiares de fallecidos en la misma que aún no disfrutaban de ellas. Asimismo, el Gabinete aprobó un sistema de retenciones y fraccionamiento en el pago del impuesto sobre la renta de las personas físicas, el aumento a 105 pesetas del precio de garantía para el kilo de aceite de oliva, y una convocatoria de plazas para profesores de distintos niveles educativos.

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Por un decreto-ley, se reconocen beneficios económicos a los que sufrieron lesiones y mutilaciones en la guerra civil española. En la ampliación de la referencia del Consejo, el Gobierno explica que «las leyes de amnistía y otras disposiciones de distinto rango han ido contemplando y resolviendo el tema de los funcionarios civiles, de los militares profesionales y de las viudas de los soldados que hasta ahora no disfrutaban de pensión alguna. Quedaban aún pendientes aquellos problemas que afectaban a los que sufrieron mutilación en la pasada contienda, puesto que el decreto 670/76, de 5 de marzo, únicamente daba solución parcial a los mismos, siendo, por tanto, necesario complementarIo».Asimismo, se aprueba un real decreto por el que se regula la tramitación de los expedientes de concesión de pensiones a los familiares de los españoles fallecidos como consecuencia de la guerra civil.

Impuesto sobre la renta

El Gobierno aprobó también un real decreto que, según las explicaciones facilitadas en la correspondiente referencia, «permite graduar el esfuerzo tributario del contribuyente a lo largo de todo el ejercicio económico, evitando que el pago del impuesto se haga de una sola vez».«El sistema de retenciones -continúa- supone el establecimiento de pagos a cuenta de la liquidación final del impuesto sobre la renta que, en el caso de que las cantidades retenidas excedieran de la cuota resultante de la liquidación final, comportará la devolución inmediata de la diferencia a favor del contribuyente.»

«Este sistema de retenciones se aplica sobre todos los rendimientos del trabajo, incluidos los profesionales y de los artistas, así como sobre los rendimientos del capital.»

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Al mismo tiempo, se establece el fraccionamiento de pago para aquellos otros rendimientos que no son susceptibles de retención, como son los procedentes de actividades empresariales.

Por otra parte, el Consejo de Ministros remitirá a las Cortes un proyecto de ley por el que se concretan las inversiones a realizar, por un importe de 75.000 millones de pesetas, consignadas en el Fondo de Acción Coyuntural de los Presupuestos del Estado para 1979. De ellos, 20.000 millones serán distribuidos entre los entes preautonómicos y provincias. Los 55.000 millones restantes irán dedicados a financiar programas de vivienda, educación, obras públicas, repoblación forestal, regadíos y transportes colectivos, y su objeto es el de combatir el paro generando una creación directa de puestos de trabajo.

Asimismo, hay un proyecto de real decreto-ley sobre préstamos del exterior y emisión de cédulas para inversiones. La finalidad del mismo es dejar sin efecto la obligación del Ministerio de Hacienda de concertar préstamos del exterior, hasta un importe de 80.000 millones de dólares, para financiar la amortización del préstamo de mil millones de dólares concertado en agosto de 1976, dada la actual situación de nuestras reservas. El mismo decreto-ley dispone la elevación del límite de cédulas para inversiones a emitir durante 1978, con objeto de que los bancos y cajas de ahorro puedan cubrir el coeficiente de inversión en fondos públicos.

Campaña olivarera y regadíos

Por otro real decreto se dictan normas para la regulación de la campaña olivarera 1978-1979. Entre otras novedades se eleva el precio de garantía a 105 pesetas/kilogramo de aceite de oliva.Dentro de esta normativa cabe destacar la reestructuración del. sector olivarero en orden a un mejor aprovechamiento de los recursos y a la reducción de los costes de producción. Con carácter transitorio y hasta tanto se ponga en marcha el programa de reestructuración, el FORPPA subvencionará a los olivareros, a través del aceite de oliva, realizando para ello una estratificación en base a la estructura de las explotaciones y sus rendimientos, y dando prioridad a las pequeñas y medianas explotaciones.

Asimismo se aprueba un real decreto por el que se amplía a 18.000 millones de pesetas la cantidad que el Iryda podrá concertar con entidades financieras para conceder préstamos con destino a regadíos a realizar por la iniciativa privada.

Por otra parte, se ha aprobado un real decreto que regula la concesión de ayudas y créditos -por un importe máximo de 10.000 millones de pesetas- a agricultores menores de 35 años, destinadas a fomentar su instalación como empresarios directos y personales.

Plantillas de profesorado

Por otra parte, el Gobierno acordó remitir a las Cortes un proyecto de ley por el que se amplían las plantillas de los cuerpos docentes siguientes:- Profesores de EGB: se aumentan 14.726 plazas.

- Catedráticos numerarios de bachillerato: incremento de 855 plazas.

Agregados de bachillerato: incremento de 5.871 plazas.

- Profesores numerarios de escuelas de maestría industrial: 3.389 plazas.

- Maestros de taller de escuelas de maestría industrial: 1.915 plazas.

Ley del Deporte

A propuesta del ministro de Cultura, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley general de la cultura física y el deporte.«La necesidad de replantear las estructuras jurídico- administrativas del deporte, adaptándolas al nuevo contexto socio-político del país, lía hecho necesaria la revisión de la vieja ley de 1961, revisión que se acomete en el proyecto aprobado por el Gobierno, incorporando las conclusiones de la asamblea del deporte convocada por el Ministerio de Cultura, celebrada en Madrid hace menos de un año», explica la referencia del Consejo sobre dicho tema.

«El texto aprobado por el Gobierno se inspira en el principio de autonomía de las estructuras organizativas de la cultura física y el deporte.» La gestión del Estado se encomienda al Consejo Superior de Deportes. El proyecto delimita las competencias entre los distintos departamentos ministeriales y plasma también la personalidad y competencias del Comité Olímpico Español.

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