_
_
_
_

Empresario y directivo condenados a seis años de prisión en Granada

La Audiencia Provincial de Granada ha dictado sentencia contra el presidente del consejo de administración y el delegado en Granada de la ya desaparecida empresa constructora Ibertecsa, condenándolos a la pena de seis años y un día de presidio mayor cada uno, como autores de un delito de apropiación indebida.

Al mismo tiempo, los directivos condenados deberán indemnizar al Instituto Nacional de Previsión con 1.060.995 pesetas, correspondientes a las cantidades deducidas del jornal de unos cien obreros, en concepto de cuota a la Seguridad Social, entre los meses de octubre de 1975 y agosto de 1976, sin que dicha cantidad fuera nunca ingresada en el INP. Ibertecsa se declaró en quiebra hace poco más de dos años, dejando una gran cantidad de deudas pendientes con sus proveedores y obreros en plantilla (un total de 56 fijos en el momento de producirse la paralización de actividades), continuando hoy día muchas de sus obras aún paralizadas.

La delegación de Trabajo sancionó entonces a la empresa por falta de pagos de las referidas cuotas a la Seguridad Social, así como por no dar ocupación efectiva ni abonar los salarios de varios meses a los trabajadores, los cuales siguieron acudiendo a los tajos hasta que se alcanzó un acuerdo en Magistratura para la liquidación total de las indemnizaciones por despido. A pesar de que éstos retiraron, en base a dicho acuerdo, la querella criminal que tenían interpuesta ante la Audiencia, el fiscal siguió adelante con la misma y consiguió, finalmente, que prosperase.

En uno de los considerandos de la sentencia dictada contra los dos directivos de Ibertecsa, según un resumen en poder de EL PAIS, se dice que ésta es la primera vez que se plantea en Granada un caso de patronos que detraen del jornal de sus obreros las cuotas de la Seguridad Social y que, en vez de ingresarlas en el INP o cualquier otra entidad colaboradora, disponen de ella para su propio beneficio, por lo que «creemos adecuado establecer nuestra precisa decisión respecto al particular, con base en la doctrina científica y en la legislación», al tiempo que se sienta jurisprudencia en esta provincia.

La sentencia de la Audiencia granadina no es, sin embargo, firme todavía, por estar pendiente y en trámite un recurso.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_