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Debate constitucional en el Senado

Los extranjeros podrán participar en las elecciones municipales

La situación jurídica de los extranjeros en España y la regulación del derecho de extradición dieron ayer origen a un amplio debate en la Comisión Constitucional del Senado, que aprobó una modificación al artículo 12 del proyecto en el sentido de que los extranjeros puedan gozar de las libertades públicas que establezcan los tratados y la ley reguladora de su posición jurídica. Con esta modificación se deja abierta la posibilidad de que los extranjeros residentes en España puedan ser, por ejemplo, concejales de ayuntamientos.

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El portavoz del Grupo Progresistas y Socialistas Independientes,(PSI), Manuel Villar, pidió que no se cerrara la posible participación de los extranjeros residentes en España en la vida administrativa del país, para lo que contó con el apoyo del Grupo Socialista, la Entesa dels Catalans, Senadores Vascos y Grupo Independiente. Se produjo un empate, doce a doce, con la abstención del Grupo Mixto, por Io que, de acuerdo con el reglamento, se volvió a votar la enmienda del PSI, que contó, en este segundo caso, con el apoyo del portavoz del grupo que se había abstenido, el Mixto.El apartado primero del artículo 12, que refunde los números 1 y 2 del texto del proyecto, queda redactado en los siguientes términos: «Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente título en los términos que establezcan los tratados y la ley reguladora de su condición. jurídica. »

Las condiciones en que se podrá conceder la extradición fueron el motivo de numerosas y prolongadas intervenciones de los senadores miembros de la Comisión. Luis María Xirinacs defendió una enmienda a fin de que no se hablara de delitos políticos, sino de conductas de intencionalidad política y pidió que se suprimiera el inciso según el cual no se consideraban delitos políticos, y por tanto, podían ser objeto de extradicción sus autores, los actos de terrorismo. Su enmienda fue rechazada por catorce votos en contra y once abstenciones (Socialistas, PSI, Entesa, Senadores Vascos y Grupo Mixto). El senador recién incorporado al grupo de UCD, Manuel lglesias, pidió que se sustituyera la expresión delitos políticos por «delitos de opinión o de ideología política». En contra de esta enmienda se pronunció, Juan Vidarte, de Senadores Vascos, por considerar que se pretendía tipificar como delito político la mera exteriorización de ideas u opiniones. La misma opinión mantuvo el senador socialista Fernando Morán.

Extradición y pena de muerte

La mayor discusión se originó con base a una enmienda del senador de designación real Justino de Azcárate, quien pidió que se excluyeran de las posibles extradiciones los casos de delitos que llevaran aparejada la pena de muerte. El portavoz del PSI, Martín Retortillo, se mostró favorable y explicó que era una incoherencia que no se hubiera contemplado esta posibilidad en una Constitución que ha abolido la pena de muerte en España. En nombre de UCD, el señor Escudero expresó su satisfacción por la enmienda del señor Azcárate, que obtuvo también el apoyo del Grupo Socialista.

El senador Manuel Villar, de PSI, intervino entonces para pedir que se buscara una redacción distinta a la propuesta por el señor Azcárate. Sugirió que se afirmara que sólo se concedería la extradición a países en cuyo código figurara la pena capital, a condición de que el sujeto extradicto no fuera penado con ella. El señor Morán, socialista, recordó que no se podría exigir a ningún país soberano que no cumpla sus respectivas leyes.

Tras un descanso de cinco minutos, el señor Azcárate, auxiliado por el senador vasco Juan María Bandrés, experto en temas de extradición, sugirió una enmienda in voce que parecía poner fin a la polémica. Se afirmaba en ella que el tratado que regule la extradición delimitará que en el caso de que el delito en cuestión pudiera ser castigado con la pena de muerte, la concesión de la extradición implicaría automáticamente la commutación de la pena. Puesta a votación, UCD votó en contra, mientras que el Grupo Mixto, Senadores Vascos y Grupo Independiente se abstenían y el resto votaba a favor. El texto del proyecto, sin ninguna modificación, fue aprobado por quince votos a favor y diez abstenciones.

La Comisión aprobó una enmienda de la Agrupación Independiente en relación con el apartado cuarto del mismo artículo, a fin de que el derecho de asilo pudiera ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. La enmienda había sido presentada por el señor Azcárate.

Por una enmienda del Grupo de Progresistas y Socialistas Independientes se aprobó la modificación de la rúbrica del capítulo 2º. y de la sección 1ª. del mismo, que pasan a denominarse Derechos y libertades (en lugar de libertades y derechos) y De los derechos humanos y de las libertades públicas (en lugar de las libertades públicas).

Previamente, la Comisión acordó convertir en un artículo el apartado del número 11, en el que se dice que los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.

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