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Se regula la venta de juguetes que se confundan con armas de fuego

La circulación, venta y tenencia de Juguetes que, por su tamaño, color y estructura, puedan ser confundidos con armas de fuego será autorizada por la Dirección General de la Gijardia Civil, intervención central de armas, según una orden del Ministerio del Interior que ayer publicó el Boletín Oficial del Estado. Para esto, la el tada intervención central de armas de la Dirección General de la Guardia Civil, tendrá en cuenta los siguientes requisitos: si se trata de uatietes que no proyectan objeto alguno, la boca de fuego estará bloqueada por un tapón rojo de «zamak» o calaraina, fundido al cañón y con una longitud interior Igual, al menos, a la mitad del rnismo, sobresaliendo un mínimo de tres milímetros al exterior. Si se trata de reproducciones de revólveres no deberán tener recámaras en el tambor. que deberá ir protegido por una solapa, del mismo material que el juguete y fundido a la pieza, de forma que no sean visibles las perforaciones.

En el caso de juguetes que proyectan objetos, deberán llevar una abrazadera, de color rojo, de cinco milímetros de anchura y tres de altura, como mínimo, alrededor del cañón y fundida al mismo, de igual material que el resto de la pieza e inmediatamente detrás del punto de mira.

La fabricación de dichos juguetes para la exportación está permitida cualquiera que sea su tamaño, color y estructura, sin otras limitaciones que aquéllas que impongan las normas de comercio exterior. Los importadores de juguetes que simulen armas solicitarán de la Dirección General de la Guardia Civil -intervención central de armas- un informe sobre si los modelos cuya adquisión pretendan para su venta en España respetan estas normas.

Finalmente, se concede un plazo que terminará el 1 de enero de 1979 para que los juguetes que simulen armas y que hubieren sido fabricados con anterioridad a la entrada en vigor de estas normas puedan ser comercializados.

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