_
_
_
_
_
Pleno del Senado

El Senado aprueba la despenalización pardal de los anticonceptivos

El uso licito de los anticonceptivos que eviten la procreación, pero la prohibición de aquellos otros capaces de provocar o facultar el abono, fue aprobado ayer por el Senado, en un Pleno en el que los grupos de UCD y Socialista pusieron en evidencia sus diferentes y contradictorias concepciones sobre la moralidad

Más información
El Pleno constitucional, en agosto
Alcance de la reforma

No obstante, la aprobación por el Senado del proyecto de ley de despenalización de los anticonceptivos no es aún la definitiva pues como consecuencia de haberse modificado en aspectos secundarios el texto aprobado por el Pleno del Congreso de Diputados de 26 de abril pasado, aquél deberá pasar a la comisión mixta Congreso-Senado con el fin de hacer converger los textos respectivos de ambas Cámaras.

El esfuerzo fundamental del Grupo Socialista, a través de la defensa de un voto particular por el senador de dicho grupo Francisco Javier Yuste, fue intentar la despenalización de todos los anticonceptivos, suprimiendo totalmente el artículo 416 del Código Penal, que los penaliza, y no sólo la frase del mismo o de evitar la procreación, como establece el texto del proyecto de ley. «No quiero introducir —dijo el senador Yuste— un caballo de Troya en el grave tema del aborto, puesto que esa es una cuestión importante que será abordada en su día; pero si quiero constatar la existencia de mentes ultramontanas que no aceptan otra forma de no procrear que la práctica de la abstinencia, mentes que han presionado para que la despenalización no sea una realidad.»

El senador socialista añadió que el contenido del proyecto no constituye realmente un avance. «Si el espíritu del mismo —dijo— permite el uso de todos los anticonceptivos recogidos por la OMS (Organización Mundial de la Salud), este voto particular que defiendo no tendría lugar. Pero tengo una duda: creo que este proyecto de ley no va a hacer posible una seria planificación familiar. Y creo, con sinceridad, que hacer distingos entre los anticonceptivos es como poner barreras al mar.» «Lo grave no es el caballo de Troya —replicó, en nombre de UCD, el portavoz de dicho grupo, senador Jiménez Blanco—.si no lo que va dentro. Si el artículo 416 del Código Penal se suprime totalmente, se introduciría por la puerta falsa la posibilidad del aborto, y este tema no puede ni quiere plantearlo hoy el Gobierno.» Todos los esfuerzos socialistas para hacer triunfar su voto particular resultaron inútiles, a pesar de poner de manifiesto los portavoces de este grupo que existen otros artículos en el Código Penal que invalidan cualquier posibilidad, por tímida que sea, de aborto.

Otro tema que afecta a la mujer, concretamente la penalización que actualmente se contempla en el artículo 583 del Código Penal de las faltas de respeto de la mujer al maride fue planteado por la senadora le UCD María Dolores Pelayo, quien presentó -una proposición de ley sobre modificación de dicho artículo. Después de calificar de «vejatoria e innecesaria discriminación» la citada penalización, la senadora María Dolores Pelayo manifestó que la modificación del artículo 583 del Código Penal era inevitable después de haberse dado un nuevo tratamiento civil, en el año 1975, a las obligaciones y derechos entre la mujer y el hombre.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

La proposición de ley de la senadora de UCD, que recibió el apoyo expreso del Grupo Socia lista, fue tomada en consideración por unanimidad por el Pleno del Senado.

Tomada también en consideración por unanimidad fue la proposición de ley presentada por el senador Lorenzo Martín-Retortillo, del Grupo Progresistas y Socialistas Independientes, sobre modificación de determinados artículos de la ley de Arrendamientos Urbanos. El senador Martín-Retortillo manifestó que el objetivo de la proposición de ley era hacer imposible la demolición de barrios y de edificios de carácter artístico, facilitar a las personas que viven en casas con más de cien años de antigüedad la posibilidad de renovar el contrato de arrendamiento y hacer imposible su desahucio con una indemnización mínima, que no les permite adquirir otra vivienda.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_