Discrepancias en torno al reglamento interno de la Junta de Galicia
Con algunos votos particulares disconformes con las atribuciones propuestas para el presidente y la Junta, así como que Santiago sea sede provisional de la misma, el lunes podría ser aprobado el reglamento interno del organismo preautonómico de Galicia, en el transcurso de una reunión que celebrará la Asamblea de Parlamentarios en Santiago.
EL PAIS pudo conocer ayer el texto íntegro del anteproyecto y no, figura en él alusión concreta alguna acerca de los departamentos que podrían crearse, ni de las personas que pueden elegirse para regentarlos. Este tema queda regulado en el artículo VIII, de manera que el pleno, a propuesta del presidente, asignará a los consejeros los respectivos departamentos y titularidades. El presidente podrá, además, presentar, de entre los consejeros, uno o más vicepresidentes que suplirán al primero en caso de ausencia o enfermedad por el orden de su designación.A propuesta del pleno, el presidente designará también, entre los miembros de la Junta, a un consejero secretario que se encargará de dar fe de los acuerdos adoptados y de la edición del boletín oficial de la Junta de Galicia. En caso de muerte o incapacidad del presidente o de alguno de los consejeros, se cubrirá la vacante observando las reglas y criterios que se tuvieron en cuenta para la elección de los actuales miembros de la Junta.
Al pleno del organismo preautonómico gallego corresponden las funciones de elaborar y aprobar normas de carácter general, resolver sobre funciones y servicios que les sean transferidos, integrar y coordinar funciones de las diputaciones, designar, a propuesta del presidente, los miembros que han de representar a la Junta en las comisiones mixtas, elaborar y aprobar presupuestos, proponer al Gobierno del Estado español cuantas medidas afecten a los intereses de Galicia, crear departamentos y establecer toda clase de órganos, instituciones, servicios públicos y organismos autónomos.
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